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Policiales |PIDIO AUTORIZACION A LA JUSTICIA PLATENSE

Condenado por el asesinato de su mujer, le donó un riñón a un amigo

Se trata del contador Leonardo Crespo, acusado de matar a Analía Escamochero en 2005 en Gonnet

Condenado por el asesinato de su mujer, le donó un riñón a un amigo

Leonardo Crespo, condenado por el crimen de su mujer, actualmente tiene arresto domiciliario - ARCHIVO

6 de Junio de 2017 | 02:00
Edición impresa

Leonardo Rafael Crespo (52) -condenado a 22 años de cárcel por el crimen de su mujer, Analía Escamochero (38), en el 2005, en Gonnet, pidió permiso ayer a la Justicia para concurrir al velatorio de uno de sus mejores amigos, un empresario platense, a quien hace más de un años el condenado le había donado uno de sus riñones.

El contador hallado culpable del brutal crimen, hace dos años “nos pidió permiso para concurrir a un instituto especializado de medicina para hacerse estudios de compatibilidad genética, para donar un riñón a uno de sus mejores amigos”, revelaron calificadas fuentes de Tribunales.

También señalaron que meses después, cuando Crespo ya contaba con prisión domiciliaria, con salidas laborales, volvió a pedir a la Justicia permiso para la operación de trasplante.

El dato se había mantenido en estricta reserva hasta ayer, cuando este diario obtuvo la información sobre una nueva autorización solicitada por Crespo para ir a un velatorio.

Voceros de Tribunales detallaron que el requerimiento fue concedido porque “se trataba de aquel querido amigo de Crespo, que sobrevivió aproximadamente un año y medio, gracias a ese gesto de infinita amistad que es donar un órgano”.

Así ayer, el condenado pudo ir a despedir al empresario platense, señalaron las fuentes consultadas.

La calificada fuente destacó a El Día que justamente ayer también se elevó el cómputo de su pena al juzgado de Ejecución.

“La pena se extinguirá el 5 de mayo de 2027, al cumplirse los 22 años de condena impuesta en el juicio oral, confirmada por Casación, la Corte bonaerense y de la Nación, es decir, quedó firme”, afirmó.

De todas formas, Crespo, a los 8 años de estar en prisión, fue beneficiado primero con un arresto domiciliario, y al poco tiempo con salidas laborales, para trabajar como contador en una empresa constructora de nuestra ciudad.

El fallo, dictado en el 2013, que otorgó a Crespo la prisión domiciliaria fue dictado por mayoría por la Sala I de La Cámara Penal platense, con voto del juez Raúl Dalto, que contó con la adhesión de su colega Carlos Silva Acevedo, mientras que la jueza Silvia Oyhamburu votó en sentido contrario a sus colegas.

El contador dejó la unidad carcelaria donde se encontraba detenido y se alojó en la casa de su madre, en La Plata, que es el domicilio legal donde le salió la sentencia.

En primera instancia Crespo fue hallado culpable de haber asesinado a su mujer y para estos casos -salvo causas excepcionales- la sanción es prisión o reclusión perpetua.

Aquí se dio una de esas excepciones, las “circunstancias extraordinarias de atenuación”, fundadas en “la degradación del vínculo matrimonial, ante las reiteradas infidelidades de la víctima”.

Así lo entendió el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, el juez Caputo Tártara, en su voto mayoritario, que contó con la adhesión de la jueza Gloria Berzosa.

En tanto, el tercer integrante del Tribunal, el juez Juan Carlos Bruni, en su voto en disidencia, entendió que Crespo debía ser penado a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía.

Finalmente Casación, la Corte provincial y nacional se inclinó por la postura asumida en el voto mayoritario por el doctor Caputo Tártara.

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