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Hace años que se vienen reflejando las protestas que desde su gestación legislativa vino sumando el sistema de fotomultas para detectar y sancionar a los infractores a las leyes del tránsito. Ahora, estas advertencias volvieron a cobrar vigencia al conocerse algunos datos reveladores de los abusos e imperfecciones que se habrían detectado, a partir de los movimientos masivos de vehículos propios de la temporada veraniega.
Tan es así que la Agencia Nacional de Seguridad Vial se vio obligada a informar los datos a tener en cuenta por parte de quienes reciben actas de infracciones viales. En este sentido, el organismo nacional emitió una guía aclaratoria para que los conductores sepan si reciben una infracción legal o una trampa para abonar un multa que no corresponde. La fecha y hora exactas de la presunta infracción, el lugar preciso donde pudo haber sido cometida, la identificación plena del dominio del vehículo, la velocidad máxima y la detectada en automotor supuestamente infractor, la firma de la autoridad emisora, los datos del radar/cinemómetro utilizado, el número de disposición que autoriza su uso, la matrícula del operador y el municipio que labra el acta, entre otros requisitos, fueron mencionados por el organismo de tránsito. Asimismo, describe luego el procedimiento que puede seguir el presunto infractor luego de recibir el acta.
Hace ya muchos años, cuando algunos municipios por los que cruza la ruta 2 habían desatado una verdadera cacería a través de las fotomultas, se puso de relieve que la recaudación lograda en los meses de verano mediante ese sistema igualaba al monto anual de ingresos previsto en el presupuesto de esas comunas. Ahora, una nota publicada en un diario metropolitano reseñó que entre enero y octubre de 2017 en la zona de Dolores se registraron 99.000 fotomultas, en la de Chascomús unas 93.000 y en General Madariaga 67.000, con recaudaciones voluminosas.
Existen, por cierto, justificadas sospechas sobre las fotomultas, con radares y señales viales colocados en forma arbitraria, de modo de actuar como verdaderos cazabobos, obligándose a los automovilistas a reducir notablemente la velocidad en pocos metros, a la vez que también se hacen sentir reclamos de automovilistas a los que les siguen llegando fotomultas aún después de haberse concretado y legalizado la transferencia correspondiente de su vehículo.
A esos problemas se suman el no cumplimiento de normas elementales, que exige la ley nacional de tránsito, como la notificación fehaciente y detallada, en tiempo y forma, al domicilio del presunto infractor, para que quede garantizado su derecho a la defensa y al debido proceso. Asimismo, los radares y cámaras utilizadas para las fotomultas deben ser regularmente homologados y tener una certificación emitida en forma periódica por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), que muchas veces se encuentra vencida, tornando legalmente inválido el uso del cinemómetro y nulas las actas de infracción.
Sin perjuicio de que la indisciplina vial debe ser combatida, la aplicación de las normas exige certeza, razonabilidad y transparencia a fin de evitar arbitrariedades, como las que enfrentan numerosos conductores que, pese a poner su mejor voluntad y empeño para manejar con cuidado, son blanco de un verdadero “curro” montado por municipios que, lejos de propender a la seguridad vial, solo pretenden financiar sus elefantiásicas estructuras administrativas a costo de los bolsillos, la ingenuidad y buena fe de los automovilistas.
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