
Por qué este jueves no habrá clases en las escuelas primarias bonaerenses
VIDEO. Trágica caída de un caballo en La Plata: murió el jinete de 18 años
Revés para el Gobierno: Diputados rechazó los vetos al financiamiento universitario y Garrahan
De Riquelme a Toviggino, los dirigentes que estuvieron en La Plata junto a Tapia en el estadio Único
VIDEO. Robo, tiros y muerte en La Plata: "un barrio con miedo", el día después en Tolosa
"Se va a meter": se supo para que se usará el pene gigante que apareció en La Plata
Reunión en la Rosada: la reacción de Milei tras el rechazo a los vetos en Diputados
River quiere hacer diferencia en la ida ante Palmeiras: hora, formaciones y TV
Así atraparon en pleno Centro un ladrón tras el robo a un comercio de celulares
En vivo, Andy Kusnetzoff quebró en llanto por el ajuste de Javier Milei
¡Bombazo! Evangelina Anderson sorprendió en su viaje a Europa: “Tengo novio”
Causa Vialidad: Cristina Kirchner y los demás condenados deberán pagar $685.000 millones
La Reserva Federal bajó la tasa de interés y abre expectativas para la economía argentina
Caso $LIBRA: Lijo declaró la incompetencia de la jueza Servini y la causa pasará a otro magistrado
Finalizó el escrutinio definitivo de las elecciones bonaerenses: cuándo se conocerán los resultados
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Un reincidente, por cuarta vez, en un caso de violencia de género fue condenado a reclusión por tiempo indeterminado hasta que los peritos indiquen que no es peligroso
Enrique Russo
erusso@eldia.com
En un fallo inédito, un acusado por delitos de amenazas, desobediencia y hurto en el marco de “una historia de violencia de género” fue declarado reincidente y condenado por la justicia platense a una sanción que podría tornarse más gravosa que la prisión perpetua, ya que se le aplicó la accesoria del artículo 52 del Código Penal: reclusión por tiempo indeterminado.
En la práctica esto implica que, además de la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo a la que fue condenado, deberá seguir en un establecimiento penitenciario hasta que un dictamen de peritos psicólogos y psiquiatras establezcan que “dejó de ser un peligro para la sociedad”, explicaron voceros judiciales.
Las fuentes consultadas remarcaron que esta es la primera vez que se aplica esa norma para un caso de estas características, al menos en el ámbito Provincial.
La resolución judicial dictada en un juicio oral y público por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal V de La Plata Ezequiel Medrano, recayó sobre el imputado Osvaldo Diego Gómez (35).
Para la Justicia, cerca de las 20.50 del 18 de mayo del año pasado, el procesado ingresó en la casa de su ex pareja, situada en Los Hornos, desobedeciendo una prohibición de acercamiento dictada por un Tribunal de Familia de La Plata.
Esta prohibición o “perimetral” dictada por el fuero de Familia había sido consecuencia de otro hecho delictivo, ocurrido en la madrugada del 23 de septiembre de 2017, según consta en el expediente judicial.
LE PUEDE INTERESAR
Nuevo robo y destrozos en una escuela de barrio Aeropuerto
Ante esta situación -se agrega- la víctima dio aviso a la Policía, que detuvo en flagrancia al imputado en la casa de su ex mujer.
Ese día, según se dio por acreditado en el juicio, el acusado ingresó en la casa de su ex pareja, “con quien la uniera una relación enmarcada en un contexto de violencia de género. Contra la voluntad de ella y esgrimiendo un `pinche´(arma de fabricación casera de uso carcelario) le profirió amenazas de muerte que lograron amedrentarla afirmando:`Los voy a matar, no me importa nada. A mí no me importa nada te mato al nene y me mato yo”.
En el juicio oral, la fiscal penal Helena de la Cruz Orsi solicitó la pena de 2 años de prisión de efectivo cumplimiento, que se declare al imputado reincidente por cuarta vez -ya que tuvo causas anteriores- y la aplicación de la norma del artículo 52 del Código Penal (C.P.), apartándose de la jurisprudencia de la Corte de la Nación, que había declarado la inconstitucionalidad de la citada norma, en el “caso Gramajo”.
La representante del ministerio público, al argumentar su petición, explicó que “sabido es que la declaración de inconstitucionalidad de una norma implica un acto de suma gravedad institucional y por ello debe ser considerado como última ratio (razón o argumento), determinando su reserva sólo para aquellos casos en los que la repugnancia de la norma con la cláusula constitucional sea manifiesta, clara e indudable”, indicó.
De la Cruz Orsi agregó que “no escapa a esta fiscalía que la Corte de la Nación, con su anterior integración, ha declarado la inconstitucionalidad del art. 52 del C.P. en los casos de multireincidencia y ha sostenido que las accesorias que dicho artículo prevé tienen la naturaleza de una pena y no de una medida de seguridad”, alegó.
La doctora de la Cruz se apartó de esa jurisprudencia y adoptó los argumentos del actual presidente de la Corte bonaerense, Eduardo De Lázari, en causa P 114.503.
Según el citado magistrado “la reclusión por tiempo indeterminado como accesoria reviste la naturaleza de una medida de seguridad, atendiendo a los criterios relevantes que la diferencian de la pena, en particular su finalidad y los presupuestos de su procedencia”, indicó.
“Si bien -agregó en su fallo- ambos institutos se sirven funcionalmente de la privación de libertad, tal circunstancia meramente contingente no justifica asimilarlos, en tanto sus finalidad permanecen bien diferenciadas”.
Según el juez, “es de destacar que también diversas medidas administrativas de tipo sanitario o dentro del proceso penal la medida cautelar restrictiva de libertad, emplean también funcionalmente la privación de libertad, sin que ello las identifique con la pena”, precisa el juez De Lazzari.
En definitiva, la fiscal, adoptando el criterio del presidente de la Corte bonaerense, sostuvo que “la medida de seguridad del art. 52 del C.P. debe cesar cuando hayan desaparecido los presupuestos que motivaron la aplicación”.
Así se indica en el Art. 53, del C.P. que le otorga al Tribunal la facultad de “otorgar al imputado la libertad condicional cuando pueda suponerse que el autor no constituirá un peligro para la sociedad”, precisó.
La fiscal citó la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como “Pacto de Belem do Pará”, y afirmó que para esos fines debe aplicarse la accesoria del Art. 52 del C.P, porque en el caso, “la víctima se ha encontrado hasta ahora desprotegida ante su victimario, el cual ha despreciado todo el sistema punitivo estatal, desoyendo no ya la norma en abstracto, sino una resolución que lo involucraba directamente, colocándola nuevamente en una situación de alarma y de miedo”.
El juez Medrano hizo lugar en todos los términos a los planteos formulados por la fiscalía y condenó al acusado, con la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado. Por su parte, la defensora oficial de La Plata María Vigorelli, hizo reserva de recurrir el fallo para plantear la inconstitucionalidad del art. 52 del C.P..
“Se debe aplicar la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado” Ezequiel Medrano Juez
“La víctima se ha encontrado hasta ahora desprotegida ante su victimario” Helena de la Cruz Orsi Fiscal
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí