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Su abogado afirma que es por la huega de hambre. Desde el Servicio Penitenciario lo niegan
El ex titular de la Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (Uocra) La Plata, Juan Pablo "Pata" Medina, detenido en el penal de Ezeiza acusado de lavado de activos y asociación ilícita, está internado en el hospital Posadas, de Ramos Mejía, debido a "diversas afecciones" provocadas por hacer huelga de hambre, afirmó hoy su abogado defensor, César Albarracín.
Pero fuentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF), aseguraron hoy a Télam que "no hubo una huelga de hambre" de Medina, quien "está internado por orden judicial para estudios médicos" de rutina.
Precisaron además que el sindicalista, detenido desde septiembre de 2017, "nunca rechazó la comida" que se le da a todos los detenidos en forma de vianda y que tampoco "aceptó los controles médicos" que se realizan a quienes hacen o dicen hacer huelgas de hambre.
Albarracín sostuvo que su defendido realiza una "huelga de hambre" en reclamo de su situación judicial, "básicamente por la prisión preventiva" que considera "arbitraria" por no existir en su opinión "un pedido de elevación a juicio por parte de la Fiscalía".
Insistió en que Medina "está ahora internado en el hospital Posadas" de la ciudad bonaerense de Ramos Mejía.-
"Mi defendido tenía varias varias afecciones previas y llegó una orden del cuerpo médico de la Corte que debía internárselo en un hospital extramuros por todas las enfermedades que tiene, La semana pasada luego de una audiencia ante la cámara se dispuso su internación inmediata", aseguró en declaraciones radiales.
Medina está internado "con custodia y seguridad hasta que dure su internación" y "se encuentra estable", aunque con "muchísimos chequeos y estudios en función de sus enfermedades, ya que tiene antecedentes de un accidente cerebro vascular (ACV), problemas circulatorios, presión alta, y varias afecciones más", agregó.
El 25 de noviembre pasado, el abogado del sindicalista pidió su excarcelación ante el Juzgado Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella, en base al nuevo Código Procesal Penal, que limita el dictado de prisión preventiva, pero la solicitud fue rechazada.
La nueva normativa procesal dispone que los jueces solo pueden dictar prisión preventiva en caso de que consideren que si hay peligro de fuga del procesado o que pueda entorpercer de la investigación judicial.
El planteo que presentó la defensa de Medina buscó lograr su libertad o que se le conceda el beneficio de arresto domiciliario.
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