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Las tarjetas de crédito no bancarias llegan a cobrar por la refinanciación de las deudas más de 120 por ciento anual porque no quedaron comprendidas en la medida del Central, que dispuso un plan de pago de hasta un año para los saldos de tarjeta de crédito bancarias que no pudiesen abonarse. A raíz de eso la asociación Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO) le remitió a esa entidad un pedido para que dicte una regulación sobre el tema, luego de que Comercio Interior y la AFIP se desentendieran del asunto.
Como se sabe, las tarjetas no bancarias son emitidas por hipermercados, grandes cadenas comerciales y cooperativas; usualmente se pagan a través de lugares como Rapipago o Pago Fácil, que recién la semana pasada comenzaron a atender al público con número de DNI.
DEUCO precisó que si bien no se cobran intereses entre la fecha de vencimiento hasta el momento en que se habilitó la opción, para muchas personas hoy el saldo es imposible de afrontar.
Las entidades más conocidas que ofrecen ese tipo de préstamos son Efectivo Si, Credial, Credipaz, Centro CARD, CMR Falabella, COTO Cicsa, Italcred y Tarjeta Naranja, junto a un centenar de marcas solo para el Área Metropolitana de Bs As, según el Registro de empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito o compra del BCRA.
“Nos presentamos en Comercio Interior con el tema y desde la Dirección de Defensa al Consumidor nos dijeron que lo regula el Central”, dijo Pedro Busetti, titular de DEUCO.
De acuerdo a lo que ya se informó, para los usuarios de tarjetas de crédito vinculadas a una cuenta bancaria, en el caso de no contar con los fondos para afrontar el débito o quienes elijan pagar el mínimo y refinanciar el saldo, el Central acordó con los bancos una tasa de 43 por ciento anual, tres meses de gracia y nueve cuotas fijas para vencimientos que operen hasta el 30 de abril.
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DEUCO solicitó a las autoridades del Banco Central que en forma urgente dicte una medida que establezca que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades no bancarias, comerciales, mutuales, cooperativas, entre otras, bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir del 13 de abril hasta el 20, “deberán ser automáticamente refinanciados como mínimo a un año de plazo con tres meses de gracia en nueve cuotas mensuales, iguales y consecutivas”.
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