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El Tribunal de Casación Penal bonaerense comenzó a analizar hoy si el ex juez de Garantías de La Plata Cesar Melazo sale o no de la cárcel para cumplir arresto en su casa, en la denominada "megacausa", en la que está detenido con prisión preventiva desde hace casi tres años, imputado de integrar una supuesta asociación ilícita, que estaría integrada por otros funcionarios judiciales, policías, ex convictos y barras, que se dedicaría a cometer diversos delitos en nuestra región, al parecer con cobertura judicial.
En tal sentido, voceros judiciales indicaron que la Sala III, integrada por el presidente de Casación Víctor Violini y el doctor Ricardo Borinsky, recibió el viernes último el voluminoso expediente, con el incidente de morigeración de la prisión preventiva. También precisaron que en la semana será analizado el caso y que es muy probable que para la semana próxima se conozca la resolución del máximo tribunal con competencia penal de la Provincia.
En esta causa, en enero último, la Fiscalía General de La Plata, a cargo del doctor Héctor Vogliolo, recurrió ante Casación el arresto domiciliario, con control de pulsera magnética, dispuesto por la Cámara para Melazo. Al ex magistrado se le otorgó el beneficio de seguir el proceso desde su casa en un fallo divido de la Sala Segunda de la Cámara Penal platense, pero esto se efectivizará si la resolución queda firme, por ello el imputado deberá esperar en la cárcel el pronunciamiento de la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense.
Los votos a favor de la domiciliaria fueron del camarista Sergio Almeida y de Laura Lasaga, mientras que Raúl Dalto votó en disidencia. En el voto mayoritario el camarista Almeida entendió que más allá de la imputación formulada en la elevación a juicio por el ministerio público fiscal, la prisión preventiva fue dictada "sin atribuírsele el rol de jefe de una presunta asociación ilícita".
Por ello se resolvió conceder el arresto domiciliario teniendo en cuenta la imputación sobre el ex juez como presunto integrante de una asociación ilícita y tenencia ilegal de armas de fuego de uso civil condicional y encubrimiento, sin que estos últimos sean hechos independientes, y que en caso de ser condenado, la pena mínima prevista es de 3 años, se explicó.
En base a ese razonamiento el doctor Almeida indicó que "teniendo en cuenta que Melazo lleva más de dos años detenido, el peligro de fuga cede, porque resultaría contrario a toda lógica que el encausado no vaya a afrontar el juicio, y se profugue si aún en el caso de una condena de efectivo cumplimiento, pudiese estar en condiciones o muy próximo de obtener algún beneficio de libertad anticipada que las normas de fondo y ejecución le otorgan a los condenados". El juez Almeida también basó su decisión en que Melazo, en la audiencia virtual realizada para mejorar el recurso, exhibió un artículo periodístico en el que se anticipaba que podría ser detenido y que pese a ello no intentó evadir el accionar de la justicia.
Con respecto al peligro procesal de intentar obstaculizar el accionar de la Justicia, el magistrado detalló que eso queda descartado con el régimen de arresto domiciliario y el control mediante pulsera magnética. También se valoró en la resolución el arraigo familiar del doctor Melazo, que es padre de familia, tiene un hijo de muy corta edad y que su madre es mayor de 80 años. El voto del camarista Almeida contó con la adhesión de su par Lasaga.
Por su parte, el juez Dalto votó en disidencia, al argumentar que debe tenerse en cuenta la imputación de la elevación a juicio como presunto jefe de la asociación ilícita y que se trata de un ex magistrado; y que por ello hay peligros procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación.
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