La necesidad de desalentar el mascotismo de fauna silvestre

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Muchos vecinos de la Región, seguramente animados por buenas intenciones, han incorporado a sus casas animales que pertenecen a la fauna silvestre, en una situación que, sin embargo, se encuentra expresamente prohibida por ley.

Un artículo publicado en este diario sobre este tan sensible tema, a través de testimonios de funcionarios del ministerio de Desarrollo Agrario, dejó establecido cuáles son los derechos y los límites vigentes, en datos que resultan esenciales para una zona como la nuestra, en la que se vienen produciendo distintos episodios protagonizados por animales que, de ningún modo, debieran estar incorporados como mascotas a los domicilios particulares.

Se mencionó el caso de monos, tucanes, serpientes, torturas o pumas, señalándose que ninguna de esas especies puede ser “adoptada” para vivir en un hogar.

Sin embargo, se conoce que no faltan viviendas en las que existe este tipo de tenencia y, lo que es más grave aún, que circula un comercio ilegal de fauna, autóctona o exótica, que se nutre, en parte, de esa demanda.

Dos recientes episodios ocurridos en esta ciudad dieron cuenta del fenómeno: en el primero, un pequeño zorro que se había escapado de una casa apareció en el pasillo de un complejo de departamentos del Barrio Monasterio; en el otro, el robo por segunda vez en el año de un tití alojado en el Bioparque platense, que habría sido sustraído para su venta, según fuentes de ese establecimiento.

Se habla en ambos casos animales silvestres, incluidos en la ley protectora, cuyo excluyente dominio corresponde al Estado que ha declarado a la fauna silvestre de interés público.

El llamado mascotismo de fauna silvestre es una práctica prohibida que tanto la ley, como los organismos públicos con incumbencia y las asociaciones civiles dedicadas a la promoción del bienestar animal prohíben y combaten.

El sustento normativo reside en la ley 12.238 que regula la actividad de lo que eran los zoológicos, pero cuya letra, por haberse escrito y aprobado hace más de veinte años, ya no responde por completo a las perspectivas actuales sobre la defensa del medio ambiente y de la vida silvestre.

No obstante, una serie de decretos reglamentarios y algunas reformas de la legislación prohíben el confinamiento de fauna cuyo hábitat no es justamente el jardín o el parque de las casas de familia.

La directora provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de Recursos Naturales, al ser consultada sobre qué animales pueden estar en una casa sostuvo que muy poco más que perros, gatos y canarios. “Dentro de los animales exóticos se pueden tener algunas especies, muy pocas, de criaderos habilitados, pero el mascotismo de fauna autóctona está totalmente prohibido y hay que tratar de desalentarlo”, subrayó.

Por su parte, el director municipal de Protección Ambiental afirmó que el mascotismo suele tener “relación directa con el tráfico de fauna silvestre, que es extraída de su hábitat y es el cuarto comercio ilegal del mundo, detrás del de armas, drogas y de personas”.

El funcionario municipal añadió como datos oficiales que más de 100 especies de aves, 20 de reptiles y 15 de mamíferos se ven afectados en nuestro país por el tráfico ilegal.

Afortunadamente se va extendiendo en el mundo una actitud proteccionista en todos los sectores, aún cuando persisten acciones individuales u otras sistemáticas impulsadas por la mano del hombre -como la caza furtiva, las talas indiscriminadas de bosques, la expansión de los monocultivos, el uso inmoderado de fertilizantes o el desarrollo industrial carente de sustento ecológico- que se convierten en claras amenazas para la fauna silvestre, subordinada e indefensa frente a los intereses económicos.

 

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