la afip ya puso en marcha el adelanto de ganancias a empresas/web
La oposición acusó a los Milei por la cripto y denunciará al fiscal
Fuerte advertencia del régimen iraní a Milei: “Cruzó una línea roja”
VIDEO. Paro universitario: fuerte adhesión en facultades y colegios de la UNLP
Policías y penitenciarios, choferes de aplicaciones para llegar a fin de mes
VIDEO. Fallo histórico: más de 23 años de prisión para el asesino de Kim Gómez
VIDEO. Carlos Salvador Bilardo celebró los 88 años y el fútbol lo volvió a abrazar
La Región en deuda con la calidad de los de los cursos de agua
Fortalecido en la interna del PJ, Kicillof lanza su usina de ideas para 2027
Alak se prepara para asumir la conducción del peronismo local
Los combustibles volvieron a subir: la premium pasó los $2.000
Se agudiza la crisis en la metalurgia: retrocedió 10,3% en febrero
El riesgo país superó los 600 puntos; bajaron las acciones y el dólar
Nuevos conversatorios sobre salud mental en los equipos de salud
Convocan a donar sangre ante la próximidad del nuevo fin de semana largo
Lanzan plataforma para los informáticos de la provincia de Buenos Aires
Pedido de cierre de la instrucción y preventiva por un embiste fatal
Impactante pista sobre la aparición de un cráneo en la Isla Paulino de Berisso
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
El pago a cuenta alcanza a firmas que se beneficiaron por un incremento general de precios internacionales de los commodities
la afip ya puso en marcha el adelanto de ganancias a empresas/web
Se conoció finalmente la Resolución General de la AFIP que reglamentó el anticipo extraordinario del Impuesto a las Ganancias para las empresas. Desde el organismo explicaron que el pago adelantado del impuesto abarca a 2.000 empresas, que son menos del 1% de las alcanzadas por el tributo.
“La medida simplemente adelanta la fecha de las cuotas del impuesto a las ganancias que las empresas ya saben que deben afrontar”, aseguró el titular de la AFIP, Carlos Castagneto y afirmó que “es una decisión en el marco de una situación de crisis a nivel mundial que permitirá financiar las políticas públicas”.
La normativa fija una alícuota del 25% que deberán ingresar las compañías cuyo impuesto determinado que surge de la última declaración jurada presentada haya superado los $300 millones. En tanto, el porcentaje se reduce al 15% para las firmas cuyo impuesto determinado supere los $100 millones. En tanto, quedan excluidas las empresas que posean un certificado de exención del impuesto a las ganancias.
Desde el organismo explicaron que el pago a cuenta alcanza a empresas que se beneficiaron por un incremento general de precios internacionales de los commodities, alimentos y energía, derivados del conflicto bélico en Ucrania. “En este contexto, obtuvieron ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios”, dijo el ente recaudador en un comunicado.
El nuevo cronograma de vencimientos quedó establecido de acuerdo a la fecha de cierre de ejercicio de las empresas: “No es un nuevo impuesto no aumentó la alícuota ya sonimpuestos determinados de Ganancias aquellas personas físicas que han tenido un impuesto que supera los $100 millones o $300 millones estamos pidiendo un anticipo de 15% o 25% de que lo corresponde pagar de acá a 6 meses que se adelante ahora. No es que se determina una renta presenta. No es sobre las ganancias sino sobre el impuesto determinado, que ya está deducido la parte impositivo correspondiente”, dijo Castagneto en declaraciones radiales.
Con todo, los tributaristas cuestionaron la medida. “Si bien se había anunciado que este anticipo lo iban a tener que pagar las empresas beneficiadas por la guerra de Rusia y Ucrania que se dedican a las actividades de petróleo y gas, agropecuarias, alimenticias y mineras, por la letra de la Resolución, lo deberá pagar cualquier empresa que el Impuesto Determinado de la Declaración Jurada del Período Fiscal 2021 o 2022 sea igual o superior a $100 millones. Y que el Resultado Impositivo de la Declaración Jurada del Período Fiscal 2021 o 2022 sin aplicar la reducción los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores sea igual o superior a $300 millones”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.
LE PUEDE INTERESAR
Reunión con el campo, pero sin medidas nuevas
LE PUEDE INTERESAR
La CGT se moviliza al Congreso ante niveles de inflación “intolerables”
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí