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Los acusados serían parte de la UOCRA y cayeron en un country de Guernica, porque allí los trabajadores estarían enrolados en otro gremio
Uno de los detenidos, acusado de un presunto apriete / EL DIA
En el mundo de la construcción, como en todos los órdenes de la vida, al menos en nuestro país, existe un frente de conflicto muy grande. Y no solo se da en disputas entre facciones de un mismo gremio, como pasa en La Plata, Berisso y Ensenada entre las huestes de Iván Tobar y el Pata Medina o sus descendientes, sino también entre distintas organizaciones sindicales. Como es el caso de la UOCRA y la SITRAIC.
En medio de ese contexto que parece no tener fin, ya que hay prácticas que no pueden ser erradicadas, cuatro hombres quedaron detenidos por orden de la Justicia de nuestra ciudad, en una causa que los investiga por un supuesto “apriete” en el obrador de un country.
Fue a pedido del fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta, como titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 1 Descentralizada de Presidente Perón, que el juez Federico Guillermo Atencio, entendió acreditados las pruebas de una acción que constituiría, en principio, el delito de “coacción agravada”.
Según el resolutorio, el magistrado señaló que “en horas de la tarde del día 27 de marzo de 2024, al menos cuatro sujetos del sexo masculino, se hicieron presentes en la obra en construcción ubicada en ruta 58 km. 14.500, del Country `Tiempos de Canning` de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón, les refirieron a Mario Esteban Salinas, Mario Salinas y Marcelo José González, `acá mandamos nosotros, somos de la UOCRA, acá SITRAIC no tiene jurisdicción, si ustedes no se asocian vamos a parar la obra, mirá que vas a tener problema y podés terminar lastimado`”, intimidándolos de tal manera para que no ejerzan libremente su derecho a trabajar, a asociarse a un sindicato y concurrir a su lugar de trabajo”.
Atencio, a la hora de justificar la medida de coerción, expresó: “A mas de la escala penal prevista para el delito aquí investigado, no pasa inadvertido el informe realizado por el Ministerio Público Fiscal que da cuenta de los otros procesos en trámite de tenor similar al presente con que cuentan tres de los aquí imputados, por lo que dándose los extremos que establece el artículo 151 del C.P.P. que dispone que las detenciones solo pueden ordenarse jurisdiccionalmente siempre que el término medio de la escala prevista para el delito de que se trate supere los tres años de prisión, tengo en cuenta también la existencia de los denominados peligros procesales en cuanto al eventual entorpecimiento de la presente investigación de acuerdo a lo normado por el art. 148 segunda parte del C.P.P., que permiten inferir que aquellos podrían llegar a influenciar sobre el Sr. Salinas y testigos para que estos se pronuncien de manera desleal o reticente en el proceso”.
Cabe aquí destacar que el fiscal Condomí Alcorta decidió no aplicar al presente el procedimiento previsto para la flagrancia, la aprehensión in situ al momento del hecho denunciado, como fue este caso, porque entiende que debe aún profundizar las medidas de prueba.
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Los imputados, todos con domicilio en distintas localidades del Conurbano bonaerense, fueron identificados en la pieza judicial como “Ramón Ariel Armoa; Gastón Martín Díaz, Aníbal Javier Saucedo y Néstor Fabián Yagaimini”.
LA SITRAIC, cabe destacar, es el Sindicato de la Industria de la Construcción, que está adherido a la CTAA.
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