La AFIP determina cuántos trabajadores necesitan los consorcios de edificios
| 31 de Mayo de 2014 | 00:00

Los consorcios de propietarios deberán tener entre uno y tres trabajadores dependiendo de la cantidad de las unidades funcionales de viviendas, en tanto que las fábricas de calzado de cuero tendrán que contar como mínimo con diez u once empleados por turno de ocho horas, según sean tecnificadas o artesanales.
Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos a través de dos resoluciones que serán publicadas en los próximos días en el Boletín Oficial, en las que se fija el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) para cada caso.
Para los consorcios, la Resolución General 3.634 estipuló que si hay entre 5 y 15 unidades de vivienda, se necesitará al menos un trabajador jornalizado, con 18 horas semanales.
"Si son entre 16 y 25 unidades, también un trabajador, pero con 24 horas semanales; entre 26 y 35, un trabajador de jornada completa con 45 horas semanales; entre 36 y 60, un empleado de jornada completa (45 horas semanales) más otro de 24 horas semanales; entre 61 y 100, serán necesarios dos trabajadores con jornada completa (45 horas semanales); y a partir de 101 unidades, también dos trabajadores de jornada completa de 45 horas semanales cada uno más otro trabajador con 24 horas semanales", detalló.
A su vez, precisó que "a partir de 21 cocheras móviles, se adicionará un trabajador de jornada completa y, en el caso de poseer vigilancia, se adicionará otro empleado por turno con dicho servicio".
En el caso de las fábricas de calzado vacuno, la Resolución General 3.633 determinó que las clasificadas como artesanales necesitarán un mínimo de once trabajadores por turno de ocho horas, para una producción diaria de hasta cincuenta pares. "Esto incluye los puestos de trabajo de recepción de materiales, cortado, aparado, armado, pegado, deformado, terminado y empaque", puntualizó la AFIP en un comunicado.
Además, en la norma se estipuló otros seis trabajadores cada veinticinco pares adicionales.
El organismo explicó que "otro parámetro que permite establecer los empleados necesarios, cuando la empresa no aporte documentación o se compruebe que los pares informados son inexactos, será el consumo eléctrico". En esos casos, señaló que serán necesarios once trabajadores -por turno de ocho horas- hasta 1.000 kilowatts de consumo promedio mensual de energía eléctrica.
Asimismo, se sumarán otros seis trabajadores cada 500 kilowatts de consumo adicional.
Para las fábricas tecnificadas también se consideran dos opciones.
La primera deberán contar con diez trabajadores, por turno de ocho horas, para una producción diaria de hasta cien pares, más cinco empleados cada cincuenta pares adicionales.
La otra opción establece también diez trabajadores, por turno de ocho horas, hasta 3.500 kilowatts de consumo promedio mensual de energía eléctrica, más cinco empleados cada 1.750 kilowatts de consumo adicional.
"La determinación del IMT por consumo de energía eléctrica, solo se utilizará cuando no se pueda definir la cantidad de pares de calzado confeccionados o la misma no refleje la realidad" y "los indicadores que se establecen no incluyen trabajadores administrativos y de las áreas de comercialización y ventas", aclaró
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