Subieron a U$S 500 la franquicia para viajeros

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó ayer el aumento en la franquicia individual para viajeros que traigan productos del exterior sin obligación de pagar impuestos adicionales, que pasó de U$S 300 a 500 dólares por persona. La medida se formalizó a través de la resolución general 4361 del organismo, que se publicó ayer en el Boletín Oficial.

La suba de esa franquicia será para los viajeros que regresen por vía aérea o marítima, mientras que quienes vuelvan al país por vía terrestre o fluvial, el límite se incrementó de U$S 150 a 300. Superados esos topes, el ingreso de mercaderías pagará un único tributo con alícuota del 50%.

La disposición de la AFIP había sido anticipada a comienzos de noviembre y se sumó a la decisión que el organismo tomó en septiembre pasado, que permite a cada viajero ingresar con un celular o una computadora portátil (laptop) sin necesidad de realizar una declaración.

La franquicia de U$S 300 por persona regía desde 1994, y el aumento ahora dispuesto corresponde al incremento de la inflación que incidió sobre la moneda estadounidense durante los últimos 24 años.

Fuentes de la AFIP destacaron que la medida equipara a la Argentina al resto de los países del Mercosur, que ya tienen ese nivel de franquicia. La resolución también modificó el procedimiento de Declaración de Aduanas en el Régimen de Equipaje y los formularios a utilizar, que ahora serán digitales para aquellos casos en los que se deba abonar el tributo por haber superado la franquicia vigente.

 

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