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El personal doméstico ya volvió a trabajar en CABA: cómo es el protocolo

15 de Octubre de 2020 | 10:45

El personal doméstico que, a partir de hoy, está habilitado para retomar sus tareas en la Ciudad de Buenos Aires podrá regresar al trabajo siempre y cuando tenga un solo empleador y bajo el cumplimiento del protocolo establecido para la actividad que establece cuidados básicos para evitar el contagio de coronavirus. Cabe destacar que en La Plata esa actividad recién se habilitaría el próximo lunes.

La aprobación de la actividad se realiza tras la publicación hoy en el Boletín Oficial de la la Decisión Administrativa 1864/2020, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, que lo siguiente:

- El empleador o la empleadora deberá garantizar el traslado de los trabajadores y de las trabajadoras sin utilización de transporte público de pasajeros, pudiendo utilizar taxis o vehículos de alquiler.

- Uso obligatorio de tapaboca, por parte del personal y de toda aquella persona que se encuentre presente al momento de la prestación de tareas.

- Higiene de manos de manera frecuente; principalmente, al ingreso al domicilio de trabajo, antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de ingerir alimentos, luego de tocar superficies de contacto frecuente (picaportes, barandas, manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales, etc) y después de utilizar instalaciones sanitarias.

- Mantener una distancia mínima de 2 metros con cualquier persona.

- Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.

- No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).

- No utilizar celular en la zona de trabajo. Si por necesidad es usado, se debe proceder automáticamente a una nueva higiene de manos y del artefacto.

- Si el trabajador tiene que salir en su horario laboral (a hacer compras, pasear mascotas, etc.) deberá en todas las oportunidades tomar los mismos recaudos detallados para el ingreso al domicilio.

- En caso de recibir compras a domicilio deberá desinfectar los paquetes.

- Se deberá realizar la limpieza de modo tal que reduzca la dispersión de polvo o suciedad que puedan contener microorganismos.

- Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en

suspensión, como escobas y aspiradoras.

- Se deberá limpiar y desinfectar en primer lugar superficies elevadas y

superficies de alto contacto (picaportes, teclas de luz, timbre, perillas de horno, entre otras) y finalmente el suelo.

- En caso de manipular ropa sucia no se deberá sacudir, debiendo colocarla

directamente en el lavarropas.

- Se deberá limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y

desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.

- La ropa que el personal utilice para trabajar será distinta de la utilizada para trasladarse a y desde el lugar de trabajo. Dicha vestimenta utilizada durante el desarrollo de la jornada laboral debe ser lavada con detergentes habituales a más de 60°C.

- Los elementos básicos de protección serán provistos por el empleador y deben ser preferentemente descartables o lavados diariamente con agua a 60°C y jabón. El trabajador o la trabajadora debe ser capacitado/a específicamente sobre su correcto uso.

- Uso de guantes de limpieza y mantener la limpieza de los depósitos de residuos con kit de desinfección.

- Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 10 % según sea el caso (método del doble balde/doble trapo).

- El empleador deberá establecer horarios de entrada y salida para el trabajador, donde haya menor aglomeración de personas en el domicilio.

- Ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los

lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en particular, al “Protocolo de manejo frente a casos sospechosos y confirmados de de Covid-19”, y en caso de confirmación del diagnóstico por la autoridad sanitaria, se procederá a tramitar la licencia del trabajador/a por enfermedad.

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