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La Ciudad |Entre una cámara de escuelas particulares y el defensor del pueblo adjunto

Polémica por una resolución para la inscripción y cuotas en colegios privados

Se trata de la extensión del plazo para informar sobre cantidad de alumnos y aranceles que se pagarán en el ciclo lectivo 2021

Polémica por una resolución para la inscripción y cuotas en colegios privados

nueva resolución para la matriculación en colegios privados/ el dia

27 de Octubre de 2020 | 03:39
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Una resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación sobre la matriculación de los alumnos para el próximo año generó un cruce entre la Defensoría del Pueblo de la Provincia y una asociación de colegios privados.

La resolución del organismo nacional extiende el p lazo para que los colegios privados informen la cantidad de alumnos matriculados para 2021. Para el Defensor del Pueblo adjunto, Walter Martello, la cuota de la matrícula y los pagos mensuales para el próximo año tienen que tener la conformidad de los padres, tutores o representantes legales de los estudiantes, y según el secretario ejecutivo de la Asociación de Institutos privados de enseñanza (Aiepba), Martín Zurita, “los padres deciden si van a utilizar la vacante para el siguiente año o si la libera. En ningún momento tienen el poder de decisión del valor de la cuota”.

La resolución 447/2020 -publicada el 21 de octubre en el Boletín Oficial de la Nación- prorroga hasta el 15 de diciembre de 2020 inclusive el plazo otorgado para que los colegios sin subvención del Estado presenten el contrato de enseñanza que regirá el ciclo lectivo 2021. Entre la documentación a presentar se destaca la declaración jurada de la conformidad de la mayoría de los padres, madres o responsables legales de los estudiantes de cada establecimiento respecto a los valores de las cuotas previstos para el año próximo.

Según informaron en Aiepba, el año pasado la secretaría de Comercio nacional adoptó una resolución similar. Ahora se lleva a cabo por el contexto atípico que generó la pandemia y el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO).

Para Martello, “la nueva resolución que extendió plazos y ratificó que se requiere la conformidad de los padres fue adoptada por la Secretaría de Comercio de la Nación tras hacerse eco de numerosos reclamos realizados por padres y madres de alumnas y alumnos que concurren a colegios privados sin subvención del Estado y recurrieron a esta Defensoría”..

El funcionario destacó que la resolución no hace más que confirmar que “si el costo de los aranceles educativos correspondientes al próximo año no cuenta con la aprobación explícita de los padres, los mismos no podrán ser aplicados”.

“Es esta la razón por la cual se ha buscado prolongar el plazo, a fin de que las instituciones educativas cuenten con el tiempo necesario para lograr el cumplimiento de sus obligaciones. Asimismo, en caso de incumplimiento, los padres pueden realizar las denuncias correspondientes ante la Secretaría de Comercio Interior, ente gubernamental que tiene facultades para aplicar las sanciones correspondientes si existen abusos con los aumentos en las cuotas y matrículas”, agregó el Defensor del Pueblo Adjunto.

Desde Aiepba explicaron que “todos los años los colegios no subvencionados por el Estado tienen tiempo para presentar la documentación hasta el 30 de septiembre y los subvencionados hasta el 31 de octubre. En el contexto especial que se vive se resolvió extender el plazo para dar la información sobre cuotas y alumnos que concurrirán a los colegios, pero de ninguna manera establece la posibilidad de que los padres intervengan en el valor de la cuota. En caso de que haya una masiva ausencia de respuestas por parte de los padres, el colegio revisará la situación, ponderando los costos salariales, operativos y administrativos”.

En los considerandos de la resolución se destaca que “la relación entre escuelas privadas y educandos reviste características típicas de los contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que las alumnas y los alumnos se hallan sujetos”, y se agrega que “el contrato educativo reviste elementos institucionales que deben estar subordinados al ordenamiento jurídico general y al interés público”.

Desde el Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría se realizó una guía práctica e informativa que busca ser una herramienta para tener en claro cuáles son los derechos y normativas que se pueden aplicar ante posibles casos de abusos en el cobro de cuotas y deudas; incrementos de la matrícula, pedido de pases, becas y distintas cuestiones que atañen al funcionamiento del sistema educativo de gestión privada.

Sobre esa guía, desde Aiepba presentaron una nota al Defensor del Pueblo provincial en la que mencionaron que “con verdadera preocupación, hemos notado que su contenido no se ajusta realmente a las pautas que entendemos relevantes en el actual contexto del ASPOque afecta a toda la comunidad”.

 

 

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