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Sin acuerdo, finalizó la reunión de la Corte sobre los tres jueces desplazados

El encuentro de manera virtual tuvo lugar en medio de la ofensiva kirchnerista contra sus integrantes y las declaraciones de Rosenkrantz en las que afirmó ser víctima de una "persistente campaña de desprestigio"

Sin acuerdo, finalizó la reunión de la Corte sobre los tres jueces desplazados
6 de Octubre de 2020 | 13:20

Después de haber declarado por unanimidad "admisible" el recurso de "per saltum" planteado por los jueces federales Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli, la Corte Suprema de Justicia mantuvo hoy una reunión virtual en la que no hubo acuerdo para definir la cuestión de fondo respecto de la movida oficialista que desplazó a los tres magistrados.

La Corte deberá expedirse sobre la iniciativa que se inició en el Consejo de la Magistratura, continuó en el Senado y tuvo su correlato en el Poder Ejecutivo, con tres decretos que instaban a los jueces a regresar a sus tribunales de origen.

A pesar que los cinco integrantes coincidieron en que debían intervenir, se sabía que era poco probable que tras este encuentro vía Zoom pudiera salir una postura de mayoría.

La acordada de hoy tuvo lugar unas horas después que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, afirmara ser víctima de una "persistente campaña de desprestigio", y con el pedido de juicio político impulsado por el kirchnerismo.

"Hace tiempo soy blanco de una persistente campaña de desprestigio en distintas publicaciones y por parte de distintas personalidades. Me atribuyen falsamente inconductas, irregularidades y delitos de distinta naturaleza", escribió el presidente de la Corte. En ese texto, cuestionó la veracidad de imputaciones realizadas por el Juzgado Federal Nº4 en cuanto a que él posee "71 cuentas en el exterior", a su nombre, "para cobrar sobornos en numerosos paraísos fiscales".

"Antes enfrenté otras dos acusaciones penales: una por el delito de prevaricato por haber firmado el fallo 'Muiña' (en el que se discutía la aplicabilidad de la ley denominada del 2x1) y otra por ser partícipe durante el tiempo en que ejercía la profesión de abogado en una quiebra fraudulenta de una empresa que tenía una franquicia de una hamburguesería en Pinamar y Villa Gesell. Ambas fueron desestimadas por el juez Rafecas", detalló.

"Ahora una diputada oficialista presentó un pedido de juicio político en el que considera configurada la causal de mal desempeño que habilitaría la apertura del procedimiento en la Cámara de Diputados para investigar esos hechos y, en su caso, avanzar con mi destitución", agregó.

Entre otras objeciones, Rosenkrantz señala que Siley lo acusa de haber frustrado "gravemente el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución al haber favorecido y muchas veces asegurado la impunidad de los responsables del terrorismo de Estado mediante sentencias contrarias al derecho vigente". "Es curioso que se me acuse ahora por la sentencia de 'Muiña', que fue dictada hace tres años y que también firmaron otros dos jueces", advirtió en su carta Rosenkrantz.

Un dato no menor de cuál es la posición de Rosenkrantz es que ninguno de los demás integrantes de la Corte salió a respaldarlo.

Así, con la decisión de la Corte, el Consejo no puede avanzar en cubrir los cargos vacantes, pero tampoco los jueces regresarán a esos tribunales ya que se encuentran de licencia. La medida tomada por la Corte, hasta tanto se pronuncie sobre la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad del procedimiento que llevó a la suspensión de los traslados de los tres magistrados, también está dirigida al Consejo de la Magistratura.

En su voto, Rosenkrantz señaló que el planteo de los jueces era admisible porque lo decidido por el Consejo de la Magistratura y el Senado no se trataría únicamente de traslados irregulares sino de un intento por revisar retroactivamente el mecanismo de designación de un número importante de jueces de la Nación.

Si se permitiera esto, según el titular de la Corte, se pondría en riesgo la garantía de inamovilidad de los jueces prevista en el artículo 110 de la Constitución Nacional.

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