

La obra social obtuvo un fallo en la cámara de apelaciones / web
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Fue rechazado un pedido de amparo de médicos a quienes se les impidió prescribir tras darse de baja como prestadores
La obra social obtuvo un fallo en la cámara de apelaciones / web
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata falló en favor de los argumentos de IOMA en un litigio entablado por un grupo de profesionales de la traumatología a quienes la obra social les rechazó prescripciones médicas a pacientes tras darse de baja del padrón de prestadores, como corolario de un conflicto por el valor de los honorarios.
El tribunal admitió un recurso de apelación contra una sentencia emitida a fines de septiembre por el Juzgado Civil y Comercial Nº 10 (Silvina Cairo) a instancias de un pedido de amparo colectivo que reunió a buena parte de la matrícula de la especialidad.
Según aquella resolución los profesionales podían cobrar de manera particular las prestaciones y a la vez, recetar remedios, pedir estudios y operaciones con la cobertura de la obra social. Eso, cambiaba el funcionamiento tradicional del sistema, que solo admitía órdenes de cobertura de médicos prestadores de IOMA.
El director de Relaciones Jurídicas del Instituto, Mauro Pagliuca, analizó ayer que la sentencia de la Cámara “es definitiva, ejecutable”, en el marco de una causa en la que “IOMA sostenía que se maneja con los médicos de su cartilla”, dijo y añadió que “lo que vino a ratificar el fallo es que los médicos desempadronados no pueden prescribir, solicitar prótesis”.
En esa línea, consideró que el fallo confirmó “el principio de libre elección del médico, que se realiza dentro de los prestadores del IOMA”, dijo y graficó que “no podemos obligar a que alguien sea prestador y tampoco podemos tener médicos que no sean prestadores del IOMA”.
El conflicto quedó expuesto en 2020, cuando la mayoría de los traumatólogos de La Plata resolvió desvincularse del Instituto por dos razones: disconformidad con el convenio que firmaron la obra social con la Agremiación Médica Platense (AMP) y la “falta de actualización de los honorarios del sector”.
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En esta etapa final de 2021, la AMP tuvo su propia puja con IOMA por el redondeo del aumento anual de honorarios. La obra social llegó a un ofrecimiento del 45% y la entidad profesional reclamó que la cifra estuviera en el nivel de la inflación anual, proyectada por sobre el 50%. Tras varias reuniones, a mediados del mes pasado, las charlas quedaron en punto muerto.
Fueron 190 profesionales de La Plata (de un total de 220) quienes hace un año decidieron desempadronarse. Se reclamaba por la incorporación del nuevo Nomenclador Único Nacional (NUN) en el nuevo convenio firmado entre IOMA y la AMP.
Los profesionales manifestaron en el pedido del recurso judicial que, como consecuencia de su decisión, varias instituciones sanatoriales habían suspendido todo tipo de prácticas médicas y quirúrgicas de los traumatólogos, esgrimiendo que IOMA no pagaría los gastos de internación, aún si el paciente decidiera abonar los honorarios del profesional de manera particular.
También se señaló entonces que no aceptaría facturas de ninguna prescripción realizada por dichos galenos (placas, por ejemplo) y que la obra social en cuestión no autorizaría ninguna prótesis solicitada por ellos, no pudiendo los establecimientos facturar las internaciones.
“También se ratifica lo que sosteníamos desde hace tiempo: que el IOMA tiene derecho a realizar la planificación de los contenidos y objetivos de la salud pública en la Provincia y dentro de eso, quién puede ser prestador y quién no”, insistió Pagliuca y agregó: “IOMA se maneja con prestadores debidamente inscriptos y aquel prestrador que no está inscripto no puede estar en las mismas condiciones que aquellos que voluntariamente deciden no integrar la red de prestaciones”.
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