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Economía Dominical |POR EL FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR

Previsiones para tener en cuenta en un momento delicado para una familia

Hay gastos que van desde el servicio fúnebre hasta trámites legales e imponderables que pueden superar los $100.000

Previsiones para tener en cuenta en un momento delicado para una familia
28 de Marzo de 2021 | 06:56
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Muchas veces el seguro de vida está asociado únicamente a un monto que reciben los beneficiarios tras el fallecimiento de una persona, sin embargo, la cobertura conlleva mucho más. Los expertos del sector sostienen que “tomar un seguro de vida significa pensar en el otro”.

La cobertura genera tranquilidad porque protege a los seres queridos, otorga una continuidad del ingreso familiar y, además, impide que tengan que cubrirse los gastos más urgentes tras el deceso del asegurado o la asegurada.

Los costos los servicios que se requieren legalmente tras un fallecimiento son variados, pero existe una lista de precios mínimos y porcentajes de gastos promedio que surgen al fallecer un familiar, según datos del mercado.

Entre los gastos que hay que afrontar están el acta o certificado de defunción, que cuesta $128; el servicio fúnebre, que incluye traslados, acondicionamiento del cuerpo, ataúd, sala velatoria, servicio de cafetería, trámites legales, carroza fúnebre motorizada, misa o responso final, crucifijo o estrella de David, cremación o inhumación y ofrendas florales por un piso de $65.000; el aviso fúnebre de $1.500 a $5.200; y placas o símbolos de mármol unos $15.000.

También hay que tener en cuenta el costo de una parcela, nicho o tumba (parcela desde $2.700 y nicho desde $3.000). El velatorio (desde $9.000 sobre el precio del servicio fúnebre) incluye sala velatoria y cafetería (azafata opcional con costo extra); cremación (incluida en el servicio fúnebre); inhumación (incluida en el servicio fúnebre) y ofrendas florales, que van desde los $5.000 como piso.

“Por todo esto es que el seguro de vida debe ser tomado como un ahorro, porque los costos cuando una persona muere pueden superar los $100.000”, explicaron desde Provincia Vida, una de las aseguradoras de Grupo Provincia.

Pueden surgir gastos extras, como honorarios de abogados, peritos e imponderables

 

Por si fuera poco, entre los posibles costos que derivan del fallecimiento de una persona, todavía resta mencionar el gasto sucesorio. Una persona pudo haber dejado diez propiedades, pero si no tenía liquidez, no deja dinero disponible para hacer frente a los costos por sucesión; y estos gastos también son altos.

El seguro de vida no entra en sucesión y el trámite, a diferencia de los seguros patrimoniales es ágil, la liquidación del siniestro es de 15 días desde que se presenta toda la documentación, de manera que se puede utilizar el importe de la cobertura para pagar estos trámites.

GASTOS SUCESORIOS

Entre los gastos que se deben enfrentar en por una sucesión en Provincia de Buenos Aires están: la tasa de Justicia el 2,2 por ciento del valor total de los bienes trasmitidos; edictos en Boletín Oficial $1200; en diarios de gran tirada entre $7.000 y $15.000; impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes -sobre bienes radicados en provincia de Buenos Aires- hasta el 15 por ciento del valor de los bienes trasmitidos o de otras jurisdicciones siempre que la titularidad corresponda a un residente de la provincia; informe al registro de testamentos de colegio de escribanos $520; bono Colegio de Abogados $600; Jus Previsional $730; aportes previsionales un 3 por ciento del valor de los bienes trasmitidos.

Además, pueden surgir gastos extras, como honorarios de abogados, peritos y muchos imponderables que dependerán del tipo de sucesión que se encare y la predisposición -o no- de los herederos.

Para muchos bonaerenses que tienen su propiedad en la Ciudad de Buenos Aires, los gastos más habituales para una sucesión en CABA los gastos más habituales son: la tasa de Justicia: el 1,5 por ciento del valor total de los bienes trasmitidos; edictos en Boletín Oficial $598; en diarios de gran tirada entre $30.000 y $45.000; impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes -sobre bienes radicados en provincia de Buenos Aires- hasta el 15 por ciento del valor de los bienes trasmitidos; informe al registro de testamentos al colegio de abogados $500 en CABA; informe al registro de testamentos al colegio de escribanos $600 en CABA y Bono Colegio de Abogados $300, más los imponderables.

RAZONES

“Tener una cobertura de vida permite cuidar las finanzas de las familias. Si bien en el mercado asegurador es conocida la situación que padecen aquellas familias económicamente más vulnerables porque, ante estos costos, firman pagarés con tasas altas a funerarias, también es cierto que cualquier economía familiar podría verse muy afectada frente a un gasto de estas características”, explicaron desde esta aseguradora.

Entre los posibles costos tras un fallecimiento resta aún mencionar el gasto sucesorio

 

Este tipo de seguros permite protegerse frente a una situación inesperada que provoque la interrupción de ingresos, muchas veces del único de la familia, ya sea por un accidente, invalidez, o enfermedades graves. Se trata de un seguro con cobertura por fallecimiento por cualquier causa, cuya principal característica es la renovación anual y de forma automática del capital asegurado por medio del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Además, los seguros de vida individual son inembargables. Por lo tanto, en caso de que la o el fallecido tenga deudas, las y los beneficiarios igualmente van a cobrar el seguro. Asimismo, las primas de los seguros de vida individual son deducibles del impuesto a las ganancias. Esto significa que se puede aplicar para reducir la base imponible sobre la cual se tributa este impuesto.

Respecto a las razones por las que se debería contratar un seguro de vida, desde la aseguradora del Grupo Provincia explican que “protege a los seres queridos brindándoles una continuidad del ingreso familiar; sirven para protegerse frente a una situación inesperada que provoque la interrupción de ingresos (accidente, invalidez, enfermedades graves); cubrir los gastos más urgentes tras el fallecimiento; pagar el Impuesto de sucesiones; es deducible del impuesto a las ganancias y dan previsibilidad a las finanzas familiares”.

 

 

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