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La Cámara en lo Contencioso Administrativo de nuestra ciudad declaró inoficioso el recurso de apelación presentado por la fiscalía de Estado bonaerense contra el fallo judicial dictado por el caso de una docente platense, de 57 años, paciente oncológica, que fue favorecida con un amparo judicial y fue vacunada el mes pasado, luego de una denuncia por incumplimiento de una orden judicial porque no se había consumado lo dispuesto en un magistrado en lo civil y comercial de La Plata, que le ordenó al Poder Ejecutivo que con plazo máximo de tres días le aplique la vacuna contra el Covid 19.
En esa resolución se consideró a la docente paciente ser "de riesgo", y se dispuso que sea inoculada porque a pesar de haberse anotado al plan de vacunación nunca fue llamada.
La vacunación se concretó el mes pasdo, pero la Fiscalía de Estado, en representación del Ejecutivo bonaerense, apeló esa resolución argumentando, entre otras cosas que "existe en el caso en tratamiento un interés general o colectivo que puede resultar gravemente comprometido ante el mantenimiento de la medida cautelar, en tanto otorgar ´especial celeridad´ al proceso de inoculación de la amparista, importa alterar el protocolo de vacunación organizado por la Provincia en seguimiento de pautas y criterios científicos y epidemiológicos trazados por el Gobierno Nacional".
También alegó que "la resolución de grado (que ordenó vacunar a la docente) implica la intromisión del Poder Judicial en el ámbito del Poder Ejecutivo, afectando de este modo el principio de división de poderes", y quecon ese proceder "se ha invadido con palmaria evidencia la esfera propia del poder administrador -en el marco de una emergencia sanitaria declarada-, al disponer el modo, la oportunidad, mérito y conveniencia".
Ante esos planteos la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Plata, integrada por los jueces Gustavo Scaparotel, Claudia Milanta y Gustavo De Santis, entendió que "en virtud de lo denunciado por la parte actora surge que la docente ha ingresado en el plan de vacunación provincial "Buenos Aires Vacunate", habiéndosele suministrado la primera dosis de la vacuna "Sputnik V" contra el coronavirus el 30-04-21, la apelación de la decisión cautelar ordenada en fecha 30-03-21 ha perdido virtualidad de decisión, por lo que corresponde declarar inoficioso su tratamiento".
Todo ello sin que lo expuesto signifique juicio definitivo sobre el mérito del asunto ni dispense al juez de la causa del dictado posterior de la sentencia conclusiva o bien del pronunciamiento necesario en el marco de celeridad en que se inscribe la contienda", se explicó en el fallo.
El mes pasado, la jueza en lo Civil y Comercial de La Plata Luciana Tedesco del Rivero, quien subrogó al titular del Juzgado Civil y Comercial 13 de La Plata José Daniel Dipp, intimó a la Fiscalía de Estado, que había apelado el fallo, que diera efectivo cumplimiento de la medida cautelar ordenada, y que en el caso de no hacerlo se remitirían las actuaciones a la justicia penal, señalaron las fuentes, y así finalmente la docente fue vacunada.
Ese fue el primer fallo judicial dictado sobre la temática de la vacunación ante la pandemia, ante un recurso de amparo interpuesto pro el doctor Del Franco, en el que se reclamó la inmediata aplicación de la vacuna para la docente platense, por ser de riesgo. También se indicó que la presentación se pidió que a la docente "se le aplique la vacuna contra el COVID-19 en el marco del Plan Provincial 'Buenos Aires vacunate' por resultar imprescindible para su salud y calidad de vida".
En el amparo se alegó que "al ser paciente oncológica forma parte de los llamados 'grupos de riesgo' y obviamente debe tomar mayores cuidados que el común de la población, debido a la alta posibilidad de que si contrae Covid, resulte fatal para ella".
El abogado de la docente explicó hoy que "los jueces de la Cámara entendieron que habiéndose vacunado mis asistida con la primera dosis la cuestión devino abstracta", y que con "respecto a la segunda dosis la Fiscalía de Estado nos contactó para convenir la fecha y forma de aplicación, así que dentro de una semana -estimamos- podremos pedir que se archive el expediente".
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