
Veda, padrón, servicios y qué se vota: todo lo que hay que saber para las elecciones del domingo
Veda, padrón, servicios y qué se vota: todo lo que hay que saber para las elecciones del domingo
Un ciclista fue atropellado por un auto en la Ruta 2 y fue trasladado de urgencia al hospital
Una banda de "falsos operarios" cayó en Barrio Norte con rollos de cables y herramientas
A los 106 años, murió Rosa Roisinblit, presidenta honoraria de Abuelas de Plaza de Mayo
Victorias de Los Tilos, San Luis y caída de La Plata en el Top 12 de la URBA
En La Plata, búnkeres resueltos, presencias en duda y resultados a medida
Gimnasia y Estudiantes disputaron otro clásico de inferiores: cuáles fueron los resultados
Mercado bajo presión: sólo importa el resultado de las elecciones en la Provincia
"Hay sospechas": buscan testigos tras la muerte del repartidor en La Plata
Sabalenka logró su segundo título consecutivo en el Abierto de Estados Unidos
Escándalo de los audios: Francos le echa nafta al fuego y apunta contra la pareja de Marcela Pagano
El Vaticano recibe la primera gran peregrinación LGBT+ oficial en el marco del Jubileo
13 mil millones de euros: quiénes se repartirán la fortuna de Giorgio Armani
¡Grande, Zeballos!: se consagró campeón del US Open en dobles con Marcel Granollers
VIDEO. Indignación en La Plata: mujer arrastró a su perro atado al auto y lo dejó gravemente herido
Colapinto, tras la clasificación en Monza: "Van a ser pistas que tengo un poco más de confianza"
Con el riesgo país por las nubes, hubo ventas millonarias de dólares
Vallado y desvíos en un sector del centro de La Plata en la previa de las elecciones del domingo
Tragedia en la Autopista: un motociclista murió al chocar contra un camión
Empleos en La Plata: si estás buscando, mirá acá estos ofrecimientos de trabajo
Choque y milagro en Berisso: una joven estrelló su auto contra un poste de luz
La Plata amaneció helada este sábado: cómo sigue el tiempo en el finde electoral
VIDEO. Bomberos de la Policía bonaerense celebran su 138° aniversario en toda la Provincia
Hoy es 6/9, Día Mundial del Sexo Oral: tabúes, lo que dicen los expertos y cuidados
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Una norma que pasó de ser muy resistida a marcar un avance trascendental para la sociedad. Cómo le dio un marco legal a numerosas situaciones que se daban de hecho
El 8 de junio de 1987 la legislación de la Argentina dio un paso trascendental al sancionar una ley que permitía la disolución del matrimonio, normativa que, al igual que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el matrimonio igualitario, fue fuertemente resistida por sectores conservadores y que otorgaba un marco legal a una situación que de hecho ya ocurría con frecuencia.
En la Argentina del 1800 regía el derecho canónico y hasta 1884, con la creación del primer Registro Civil, todas las estadísticas de nacimientos, matrimonios y defunciones eran administradas por la Iglesia Católica.
En cuanto a estos registros, las oficinas gubernamentales poco a poco fueron desplazando el esquema parroquial vigente desde épocas coloniales y en 1888 la sanción de la Ley 2.393 de Matrimonio civil dio un nuevo paso a favor del Estado en esta disputa de poder político y económico frente a la Iglesia, sacándole el control del empadronamiento de nacimientos, uniones y muertes.
“Si bien el Matrimonio civil reemplazó al derecho canónico vigente hasta el momento, el poder de la Iglesia era muy fuerte”, señaló Sandra Dell Oro, directora del Instituto de Políticas de Género del Colegio de Abogados del partido bonaerense de San Martín y precisó que aquella normativa que se mantuvo vigente casi un siglo “establecía la indisolubilidad del matrimonio”.
Sin embargo, el ‘para toda la vida’ o el ‘hasta que la muerte nos separe’ no era la realidad que millones de argentinos vivían dado que había “separaciones de hecho, muchas personas volvían a formar parejas, convivían y hasta tenían hijos, pero no tenían un marco legal como el que les otorgaba la institución del matrimonio”, apuntó la especialista.
En busca de dar respuesta a esta realidad, en 1954 se promulgó la ley 14.394 del Régimen Legal de Familia y Minoridad que en su artículo 31 introdujo la figura de “divorcio vincular para aquellos casos que hubieran obtenido la separación de cuerpos con al menos un año de antelación”. Sin embargo, la normativa fue derogada por el gobierno de facto en 1956.
LE PUEDE INTERESAR
La guerra por el cargador único y el enojo de Apple
LE PUEDE INTERESAR
¿Se desvanece el acuerdo entre Musk y Twitter?
“Después empezaron a aparecer otras leyes”, explicó la especialista en derecho de familia y precisó que “la Reforma (del Código Civil) de 1968 trajo muchos cambios, introdujo la separación personal por presentación conjunta que realmente era un avance para aquel momento”.
Asimismo, la letrada apuntó que si bien esta reforma “modernizó el código, lo más importante vino con la democracia” y recordó que antes de que el Congreso sancione la ley 23.515 que permite la disolución del vínculo matrimonial, la Corte Suprema “decretó la inconstitucionalidad de la ley de Matrimonio Civil” en el fallo Sejean, de 1986.
“Sin dudas este caso sentó precedente, se considera doctrina, fue un hombre que denunció la inconstitucionalidad del artículo 64 ya que estaba casado, separado y volvió a formar pareja con una mujer también separada con quien tuvo una hija, pero la ley no le permitía volver a contraer matrimonio”, recordó Dell Oro.
Finalmente, el 8 de junio de 1987 el Congreso Nacional sancionó la Ley 23.515, popularmente conocida como la Ley del Divorcio Vincular, que permitía la disolución de la unión conyugal y que entró en vigor cuatro días más tarde tras su publicación en el Boletín Oficial.
“La realidad es que en los hechos la gente rompía el vínculo, no podía hacerlo legalmente, pero en los hechos se hacía y generaba que un montón de familias no tengan ese resguardo o marco legal que les otorgaba el casamiento, ni a las parejas ni a los hijos de las mismas”, apuntó Dell Oro y señaló que “es algo muy difícil de imaginar a la distancia, pero a los hijos extramatrimoniales se los consideraba ilegítimos”.
En este marco, las uniones entre personas que ya habían estado casadas eran frecuentes, eran parte del tejido social, pero sin un marco legal había “trámites, herencias y situaciones que no podían ser resueltas, por eso fue muy importante la sanción de la 23.515”.
Hace 35 años, el avance en la legislación argentina dio amparo a unos millones de personas, lo que se vio reflejado casi inmediatamente en las inscripciones de divorcios que recibió el Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires que pasó de 3 mil anuales en promedio, a 13 mil en 1987 y 11 mil en 1988, al igual que en 1989.
Si bien la normativa intentó dar una respuesta a una situación concreta, “se aprobó la ley que podíamos tener en ese momento, permitiendo una situación que de hecho ocurría, pero establecía una lista de causas probables de divorcio y, por ende, un culpable”.
“Injurias graves, adulterio, abandono voluntario y malicioso, eran algunas de las causas y que la persona solicitante tenía que probar, para esto había que atravesar un proceso judicial lento, complejo y que buscaba un ´culpable´”, explicó la especialista y remarcó que “el que resultaba ‘inocente’ en el divorcio, en la separación personal tenía derecho a una cuota alimentaria”.
La letrada explicó también que la ley 23.515 preveía “la presentación conjunta, es decir, podías exponer una imposibilidad de la convivencia o de cohabitación que finalmente fue la vía más utilizada”.
La ley -según la especialista- establecía un proceso de mediaciones que apuntaban a la reconciliación del vínculo y mantenía el doble régimen de separación personal, es decir, se efectuaba la separación de bienes y daba la constancia de la acción legal y, de requerirse, podía transformarse “en una sentencia de divorcio”.
“A lo que se tenía antes era todo un avance, pero era perfectible, no existía como ahora la disolución del vínculo a pedido de sólo una de las partes”, advirtió Dell Oro y comparó esa normativa con la IVE “se debatió mucho, con distintos proyectos, seguramente puede haber alguna mejor, pero lo importante fue lograr la aprobación para despenalizar algo que de hecho sucede”.
En 2014, una nueva reforma del Código Civil y Comercial de la Nación estableció la posibilidad del pedido de divorcio de manera unilateral “una de las dos personas presenta una demanda de divorcio y no es necesario explicar por qué o buscar un culpable, sólo es necesario comunicar a la otra parte”, explicó la abogada.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$670/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$515/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí