A casa sin tobillera, “La Toretto” y el trasfondo del controversial fallo

Tras estar detenida por más de ocho meses, Felicitas Alvite, acusada de matar a Walter Armand, regresará a su hogar hasta el juicio

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Rudy Castillo
rcastillo@eldia.com

“Le están dando un regalo”, dice la familia de Walter Armand, el motociclista que murió tras ser embestido por Felicitas Alvite, la joven de 21 años más conocida como “La Toretto” de La Plata quien, al momento de atropellar a Armand, cruzó varios semáforos en rojo a 85 kilómetros por hora. Esto fue en abril de 2024, y desde aquel entonces, permanece detenida -con algunos privilegios- en la Alcaidía de Melchor Romero. Sin embargo, en una cuestionada y criticada decisión de la Justicia bonaerense, la imputada volverá a la comodidad de su casa en City Bell.

Hace unos días estas páginas dieron a conocer información sobre el controvertido fallo que confirmó la inminente excarcelación de Alvite, quien además no será monitoreada electrónicamente. Es decir, la acusada de matar a toda velocidad, no llevará tobillera. Esta resolución -con beneficios- fue aprobada por los jueces de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, Alejandro Villordo y Juan Alberto Benavides, decisión que se dio a conocer en los últimos días.

Esta nueva y reciente resolución se instruyó a seguir los lineamientos resueltos por la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia, órgano superior que el pasado 30 de diciembre anuló el fallo de la Sala III que, en octubre de 2024, había rechazado el arresto domiciliario para Alvite.

Benavides, del “no” al “sí”

En cuanto al fallo de la Sala III que negó en su momento que Alvite vuelva a su casa, este llevó la firma del magistrado Fernando Mateos, quien sustentó su voto negativo a la domiciliaria adjuntando parte de los exámenes psicológicos y psiquiátricos a “La Toretto”. “(...) brinda infructuosos ejemplos que solo logran a los ojos de los entrevistadores dar cuenta de su inmadurez en su accionar”.

La negativa y revés para la imputada en octubre de 2024 fue acompañada con el voto de Juan Alberto Benavides, juez que ahora, en la reciente resolución que tiene fecha el 20 de enero de 2025, decidió cambiar su dictamen.

En el documento que Benavides beneficia a Alvite, y al cual EL DIA tuvo acceso, el magistrado justifica la alteración de su voto de la siguiente forma: “De la reseña del caso efectuada por el distinguido colega que abre el acuerdo, surge que los señores jueces de la Sala IV, estimaron acertada la pretensión de la defensa particular, (...) ante este panorama, se advierte que una decisión en otro sentido a la asignada por el tribunal revisor resultaría manifiestamente desacertada, por lo que, en ese marco y en atención a las particularidades inherentes al caso como el sometido a nuevo estudio, entiendo que corresponde, con la urgencia que el caso amerita y por cuestiones de economía procesal, ceñir mi voto en función a lo resuelto por el órgano superior”.

Y agregó: “Desde esa óptica, entiendo que la apreciación de los magistrados de la Sala IV proyecta, en el caso, un efecto más benigno sobre la situación de la persona imputada, al haber reducido notoriamente los márgenes de análisis para la denegatoria de la morigeración, exaltándose lo expuesto en el voto de la minoría de esta sala, correspondiendo, por ende, adherir a lo propuesto por mi colega preopinante (Alejandro Villordo) respecto al cambio de régimen privativo de libertad, frente a las conclusiones realizadas sobre la ausencia en el caso de indicadores de peligros procesales para la aplicación del instituto alternativo a la prisión preventiva. Por las razones expuestas, he de adherir por sus fundamentos al voto del Dr. Villordo, en el mismo sentido”.

Cabe marcar que Alejandro Villordo había sido el juez que había fallado a favor de Alvite.

De esta forma, tras varios pedidos de prisión domiciliaria, los abogados de la infractora Flavio Gliemmo, Santiago M. Irisarri y Luisina Gliemmo, lograron finalmente que la Sala IV del Tribunal de Casación Penal, integrada por los jueces Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello, le otorgaron ese beneficio que es cuestionado no solo por la familia del fallecido.

 

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