Los clubes de barrio acorralados por impropias exigencias

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Hace ya muchos años que los clubes de barrio de nuestra ciudad se encuentran expuestos a circunstancias económicas negativas, cada vez más acuciantes, sin que estas instituciones dispongan de una legislación comprensiva a la hora de reconocer las trascendentes prestaciones sociales que prestan. De allí que el reclamo que plantean los dirigentes, en favor de un cuadro normativo más ajustado a sus especiales y valiosas características, merezca consideración por parte de las autoridades.

Lo cierto es que, ahora, las serias dificultades económicas que vuelven a jaquear a los clubes de barrio -modestos y subordinados a ingresos mensuales muy reducidos- se ven agravadas por los sustanciales aumentos tarifarios y el cada vez más gravitante peso de los costos de funcionamiento de esas entidades.

En ese contexto es que resulta digno de mención el gesto de un dirigente de un club vecinal de nuestra ciudad que vendió su auto particular, para afrontar una deuda de la entidad a la que representa. El dirigente recordó que, a mediados de 2015, la entrada en vigencia del nuevo Código Civil estableció que ante hechos que merezcan sanciones judiciales y de los que se halle responsables a los clubes, no sólo se pueda accionar contra el patrimonio de la institución sino el de sus miembros de comisión directiva. A partir de allí una persona que se desempeñó por 25 años en ese club inició un juicio laboral, al considerarse despedida.

Cabe señalar que el club cuenta con cien socios que pagan treinta pesos por mes. Se puso de relieve, asimismo, que son muchas las instituciones barriales que hoy viven desveladas por lo que califican como “industria del juicio”, que surgió con mayor fuerza a partir de la reforma legal. Los dirigentes vienen planteando en forma insistente que las entidades de bien público no deberían tratarse como si fuesen empresas o comercios, debiéndose prever, en cambio, alguna clase de categorización diferente.

Bien se conoce que las entidades de bien público barriales -que sirven como escenario desinteresado de actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas- se vieron siempre presionadas por deudas de diversa índole y, asimismo, por trabas burocráticas que atentaron contra sus posibilidades de crecimiento, en cuadros que se presentaron, a veces con notable crudeza, en las últimas décadas.

Crecidos del esfuerzo solidario de los vecinos y sostenidos por esas mismas bases, los clubes de barrio de la Región, sus sociedades de fomento y sus instituciones sociales han entregado generosamente lo mejor de su espíritu. Ligadas a la historia de cada barrio y con una función social irremplazable, prestadas en muchos casos a partir de sus valiosas bibliotecas, muchas de estas entidades han sobrevivido a las peores crisis.

Más allá, entonces, de las resoluciones particulares que debieran dictarse para acudir en defensa de estas entidades, eximiéndolas concretamente de aumentos tarifarios gravosos e imposibles de afrontar, parecería imprescindible tipificar la personalidad jurídica de los clubes de barrio a través de una ley específica que reconozca la excelencia de los servicios que prestan y que, a su vez, mediante una prudente valoración normativa, les garantice continuidad.

 

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