

Dos de los tres acusados, christian lanatta y Víctor schillaci, antes de escuchar el veredicto / Roberto Acosta
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El juez Juan José Ruiz afirmó en el fallo condenatorio que este hecho “jamás se hubiese producido sin la colaboración de las más altas jerarquías del Servicio Penitenciario Bonaerense y del poder político”
Dos de los tres acusados, christian lanatta y Víctor schillaci, antes de escuchar el veredicto / Roberto Acosta
Los hermanos Christian y Martín Lanatta y Víctor Schillaci fueron condenados ayer a 7 años y 6 meses de prisión por la cinematográfica triple fuga del penal de General Alvear, ocurrida el 27 de diciembre de 2015 y que puso en vilo al país durante 15 días.
En el fallo del juicio oral y público que se inició en nuestra ciudad hace dos meses, se concluyó que este hecho “jamás se hubiese producido, al menos de la forma en que se produjo, sin la colaboración de las más altas jerarquías del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y del poder político”.
En sus últimas palabras del juicio Martín Lanatta dijo: “El Estado nos puso en riesgo”
Por ello, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata a cargo del juicio, Juan José Ruiz, aparte de las condenas, ordenó que se inicien investigaciones sobre:
*El ex jefe de Gabinete del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, Aníbal Fernández.
*El ex gobernador bonaerense, Daniel Scioli.
*El ex ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Ricardo Casal.
*El ex director del Registro Nacional de Armas (RENAR), Andrés Meiszner.
*El ex secretario de Política Criminal del ministerio de Justicia bonaerense, César Albarracín.
*La ex jefa del SPB, Florencia Piermarini.
*El abogado, ex asesor de la comuna de Quilmes, Antonio Solivaret.
*La militante del Frente para la Victoria, Mirta González.
*El ex jefe de zona del SPB de General Alvear, Mario Bolo.
*El ex director de Asistencia y Tratamiento del SPB, Carlos Antonio Russo.
*Los ex oficiales del SPB César Tolosa, Emanuel Vega, Manuel Guevara (ex director del la Unidad 30 de Alvear) y Jorge Elicheribetti (ex subdirector de la U 30).
También dispuso que se inicien actuaciones por la posible comisión de delitos de acción pública, tal como lo requirió la fiscal de Juicio Silvina Langone, al ex director general de Coordinación del SPB, Claudio Cardo; el ex director general de Seguridad del SPB, Marcelo Rotger; y del empleado del SPB Rodolfo Cardozo.
El juez además ordenó enviar copias del acta de debate al Procurador General bonaerense Julio Conte Grand, y a la fiscalía de turno, ante la posible comisión de delitos por parte de la Defensoría General de Casación bonaerense.
La fiscal Langone, hace dos semanas había pedido 14 años de pena para los acusados, al considerarlos autores de los delitos de “robo, privación ilegal de la libertad y evasión”.
La fiscal, en su alegato, no había pedido la investigación de los ex funcionarios antes mencionados.
En tal sentido, la representante del ministerio público dijo ayer que “el juez va a mandar a que se forme la causa. Quiero aclarar que otras personas ya están siendo investigadas. Una de las ventajas de la oralidad es la inmediatez en la percepción de los testimonios y de los hechos. Comparto la decisión”.
Durante la lectura del fallo, el magistrado a cargo del debate oral y público que culminó ayer, cerca del mediodía, en el marco de un imponente operativo conjunto de seguridad de fuerzas provinciales y federales, no hizo lugar a varios de los agravantes solicitados por la fiscal.
En ese marco, el juez consideró que “les impusieron una fecha para la fuga”, lo que implica que consideró como creíble lo señalado por los condenados que los habían obligado a escapar del penal.
Incluso, le dio valor, por ejemplo, al hecho de que “les dieron un plano para la fuga”, tal como los acusados habían declarado a lo largo del proceso judicial.
La condena que recibieron fue por los delitos de robo simple, privación de la libertad agravada y robo agravado.
En la condena, el juez destacó que Martín Lanatta explicó en el juicio que la evasión fue como consecuencia “inevitable de una nota periodística que el mismo diera a Jorge Lanata para su programa de TV PPT, a fines de julio de 2015 y que se transmitiera el domingo 2 de agosto”.
“En la misma -se agrega en el fallo- el detenido acusa a Aníbal Fernández de ser el autor intelectual del triple crimen de General Rodríguez, para así quedarse con el negocio de la efedrina en el país”.
El magistrado afirmó en la resolución judicial que Martín Lanatta ratificó los dichos de esa nota en el debate oral, y que además acusó a Meiszner, por entonces director del RENAR, “como su jefe a los fines de recaudar 10.000 dólares por cada permiso de portación de armas VIP”.
En ese sentido, el acusado dijo en el debate: “Yo robaba para la corona”.
En su declaración, el procesado dijo que Fernández fue “la mano negra” que lo llevó a prisión perpetua.
“Tuvimos un mal tratamiento de la justicia bonaerense, tenemos la sentencia firme en tiempo récord. Llevamos 10 años de pelea”, explicó.
El día de esa declaración en este juicio (el 13 de agosto pasado) se cumplía una década del hallazgo de los cuerpos de Sebastián Forza (34), Damián Ferrón (37) y Leopoldo Bina (16) masacrados de 16 balazos en General Rodríguez.
“Les impusieron una fecha para la fuga y hasta les dieron un plano para hacerlo”
En otro pasaje de su relato, Lanatta cargó contra Scioli, Casal, Albarracín, María del Carmen Falbo y la ex titular del SPB, Piermarini.
Dijo Lanatta que todos ellos se complotaron en su contra para mandarlo a prisión.
También afirmó que el abogado Solivaret (presunta persona de confianza de Fernández) le ofreció “dos millones de dólares” para que se retractara y limpiara la imagen de Fernández. Y que luego de contarle al periodista Lanata que “la Morsa era Aníbal”, su vida comenzó a correr peligro.
Dos de los tres acusados, christian lanatta y Víctor schillaci, antes de escuchar el veredicto / Roberto Acosta
Juan José Ruiz (juez).- “La fuga se gestó meses antes, como consecuencia de una nota periodística”
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