Los colegios no podrán retener boletines por adeudar cuotas

Edición Impresa

El gobierno bonaerense promulgó una ley que prohíbe a las escuelas privadas “retener o no entregar” boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, y certificados de regularidad, a los alumnos que registren “morosidad en el pago aranceles o cuotas”.

Se trata de la ley 15.061 que fue sancionada por la Legislatura el 25 de octubre pasado y publicada ayer en el Boletín Oficial bonaerense. Además, determina que “ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas o mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general”.

El texto legal sostiene que “los establecimientos educativos comprendidos en la presente ley deben abstenerse de hacer pública la deuda en concepto de aranceles y/o cuotas de su alumnado, como así también deben adoptar mecanismos que eviten que tanto docentes como alumnos sean involucrados en el cobro de los aranceles o cuotas”.

La norma prevé sanciones, a determinar por la autoridad de aplicación, para las escuelas públicas de gestión privada que incumplan con esas pautas.

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE