La Corte Suprema rechazó un “per sáltum” por suba del gas

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La Corte Suprema de la nación no dio lugar ayer a un recurso extraordinario de una asociación de consumidores que pretendía que el alto tribunal tratara, a través del trámite de “per sáltum”, una cautelar para suspender los aumentos en el servicio del gas.

La demanda por la que se recurrió al máximo tribunal de Justicia fue iniciada por los aumentos en la tarifa del gas de 2017 y ya había sido rechazada por el juzgado federal de Junín.

Mientras, el tratamiento de los recursos de apelación planteados contra esa decisión había sido suspendido por la Cámara Federal de La Plata mientras resolvía la cuestión de competencia generada, en la causa principal, entre el juzgado federal y la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad bonaerense.

Ahora la intención de superar instancias intermedias fue desestimada unánimemente por los magistrados del alto tribunal: Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

Vale recordar que el “per sáltum” es un recurso excepcionalísimo por el cual se saltean las instancias intermedias y es el tribunal superior el que resuelve directamente la cuestión de fondo.

ARGUMENTOS DEL ESTADO

En mayo, mientras, el Estado nacional pidió a la Justicia que ratifique sus facultades para definir el cuadro tarifario del gas mediante la presentación de una “acción declarativa de certeza”, con la intención de neutralizar los recursos contra los nuevos valores aplicados oficialmente.

En ese sentido, el juez en lo contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, habilitó el trámite de una demanda en la que el Estado Nacional pidió que “cese la incertidumbre” sobre la ejecución de resoluciones del Ministerio de Energía y el Enargas sobre incrementos de precios y nuevos cuadros tarifarios del gas.

El juez dio curso a la “acción declarativa de certeza” que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable promovió contra el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y Solidaridad (Cepis) “y contra cualquier otro que invoque legitimación colectiva para cuestionar” esas normas.

 

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