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La justicia penal platense ordenó ayer que se inicie una investigación por una supuesta maniobra fraudulenta con descuentos a pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) bonaerense, a partir de un recurso de amparo, en el que se le ordenó al organismo provincial que se le bloquee el CBU del que le venían descontando la totalidad de sus haberes a una pensionada, la apertura de una nueva cuenta y que se le abone la totalidad de sus haberes.
En la resolución, dictada por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata Emir Caputo Tártara y Juan Carlos Bruni, se explicó que esto se inició ante un recurso interpuesto por la pensionada del IPS María Eugenia Monsalvo, con el patrocinio de la abogada Romina Delgado, en el que se especificó que la nombrada tiene como único ingreso la pensión derivada del fallecimiento de su esposo, depositándose los haberes en una sucursal platense del Banco Provincia, habilitada para ese fin; pero desde hace “más de un año no percibe monto alguno en concepto de pensión, ya que mes a mes, a medida que se depositan sus haberes por parte del IPS, en el mismo momento, sin su autorización y desconociendo la modalidad u operatoria empleada, se le debitan la totalidad de las sumas de su cuenta bancaria por diferentes asociaciones, cooperativas, etc. , habiendo averiguado en la entidad bancaria que la 'orden de bloqueo , cese de descuentos o apertura de nueva cuenta debe darla el IPS' ”.
La amparista explicó que "llamó por teléfono a alguna de las cooperativas u otras entidades -que desconoce- y de los que surgen los movimientos de cuenta, no obteniendo respuesta favorable"; y citó como ejemplo que "del movimiento de cuenta del 30 de octubre del corriente surge que los haberes le fueron depositados con fecha 29 de octubre de 2020, y ese mismo día le efectuaron todos los descuentos en su haber". Además precisó que "de la lectura de tales movimientos de cuenta, surgen distintos descuentos desde “Cobro Digital SRL”, Multicobro en cuya dirección hay un terreno baldío, y otros como 'extracción de cajero', siendo que no efectuó ningún pago, ni extrajo dinero del cajero, no pudiendo identificar en estos casos, quién recibió el dinero de los descuentos efectuados en la cuenta".
La pensionada destacó en su presentación que "infructuosamente, intentó sacar turno para ser atendida en la sede central del IPS, la que está cerrada desde marzo del corriente, y ante esta situación, remitió carta documento a dicha institución con fecha 03 de noviembre del corriente año, no obteniendo respuesta alguna, circunstancia esta, que la determinó a concretar la presente acción, dado que se trata de un derecho de carácter alimentario".
En la presentación se aseguró que "en el caso no se trata de que la afiliada tenga embargado su sueldo ya que los descuentos se los efectúan mediante su CBU, ello agrava aún más la situación, dado que no tiene cómo defenderse, sino es por medio de la presenten acción que le ordene al IPS (que no le dio respuesta hasta el momento, siendo que mes a mes, se encuentra imposibilitada de percibir su pensión) que se le bloquee el CBU, y se cierre la cuenta de manera inmediata, para evitar nuevos descuentos que vienen sucediendo desde hace años y la dejan desamparada, privada de su pensión, debiendo recibir ayuda de familiares para poder subsistir 'mientras su pensión, Dios sabe quién la está cobrando mediante descuentos efectuados en su cuenta'”.
El juez Caputo Tártara, en un meduloso voto que contó con la adhesión del doctor Bruni, señaló que "el Departamento Control Legal del IPS expresó que Monsalvo es beneficiaria de pensión ante ese organismo, y que cobra en una sucursal Bapro de La Plata, y que “ de las constancias obrantes en autos y del sistema informático de este Instituto se evidencia que el haber previsional se encuentra sujeto a descuentos, pero negándose de modo categórico que tales descuentos se efectúen de modo ilegal" y que "obedecen a Asociaciones, Mutuales y respectivas Cooperativas, que respondieron a afiliaciones voluntarias, realizadas por la actora, siendo este Organismo, un mero intermediario entre las mismas, y ella. Por ello, la pensionada puede, si las circunstancias particulares del caso lo permitieran, dar de baja los conceptos sindicales, cuando lo considerare conveniente y necesario".
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"A partir de dicha respuesta este Tribunal ordenó al IPS, el primero de diciembre de 2020, como complemento de lo allí expresado, y atento a lo emergente del mismo, la remisión de las constancias existentes en ese IPS, rubricadas por la beneficiaria mediante las que autoriza la deducción de sus haberes, pidiéndose además, constancias referidas a reclamos formulados en años anteriores por la actora iniciado mediante expedientes administrativos; y como respuesta a dicho nuevo requerimiento, el Instituto elevó copia digitalizada de expedientes administrativos, de cuya lectura surge que, el último de los mismos, data de 2018", dijo el magistrado en su resolución.
Requerida que fue a la amparista sobre la individualización de los conceptos en los cuales pretende el cese de los descuentos, la Sra. Monsalvo, solo reconoció que autorizó dos: a "Musepebo por $850) hasta marzo de 2021 inclusive, y a ATE", y destaca que "en el último comprobante bancario ya no aparecían los nombres de las entidades que efectúan descuentos, sino que surgen los movimientos como 'extracción cajero' y 'pago directo', por lo que es imposible de identificar adonde se envía el dinero que sale de la cuenta, motivo por el cual, es que, por ello, se solicitó cierre de la misma y apertura de cuenta nueva cuya orden, al tratarse de un beneficio pensionario debe dar el I.P.S".
"En razón del desarrollo antes formulado entiendo procedente el dictado de medida cautelar que posibilite a la amparista, acceder efectivamente a la pensión de la que resulta beneficiaria", concluyó el juez, quien por ello ordenó al IPS que se bloquee la cuenta CBU de la pensionada, la apertura de una nueva, en la que se debe depositar la totalidad de los haberes", de cerca de 20.000 pesos mensuales, según explicaron voceros judiciales.
En la resolución se dispuso que se envíen copias de las actuaciones a la fiscalía penal de turno en nuestra ciudad para que se investigue la presunta comisión de delitos de acción pública.
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