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Si bien no hay estadísticas, en el sector afirman que ruidos molestos, mascotas y peleas domésticas dominan el ránking de los planteos
Música que no deja dormir, discusiones familiares a los gritos, tenencia de mascotas que genera problemas. Cualquier convivencia, se sabe, tiene sus “tira y afloja”. Ni hablar de esa que se da en el ámbito de los consorcios, donde se ponen en juego los deseos y las necesidades de diferentes personas que habitan un espacio común. Si bien el régimen de propiedad horizontal pone límites a las prácticas permitidas en esos inmuebles no son pocos los casos en que estallan las diferencias y los conflictos se traban de tal manera que sólo los resuelve una mediación comunitaria o, en las situaciones más extremas, la Justicia.
Quienes saben sobre los enfrentamientos más comunes entre consorcistas son las administraciones de los edificios, donde se recepcionan, como en una primera instancia, los conflictos que surgen entre las unidades funcionales. Los límites a lo permitido están explicitados en la ley 13.512, que rige para todo el país, por lo que, según se aclaró desde el sector, es esa norma la que funciona como reglamento en cada inmueble de propiedad horizontal.
Los ruidos molestos, en todas sus variantes, son el principal motivo de los reclamos que llegan a conocerse en la Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata. En ese sentido, los problemas más comunes dentro de la vecindad de un edificio son: la música elevada, el alto volumen del televisor, y los gritos. De acuerdo a la normativa, los horarios de descanso son de 22 a 8 y después algunas horas de la tarde correspondiente a la “siesta”.
También llevan a la disputa la presencia de objetos que consorcistas o inquilinos dejan en espacios compartidos, como pasillos o escaleras, donde se estacionan bicicletas o se depositan desde macetas hasta heladeras o colchones, todos hábitos prohibidos por entorpecer la circulación.
Otras situaciones que generan inconvenientes entre vecinos de un mismo edificio se vinculan al estacionamiento en las cocheras, los problemas con mascotas, y las discusiones por las parrillas o los salones de usos múltiples en común.
“Como administradores tenemos que intervenir -señaló la presidenta de la entidad, Mariel Ghizzo-, y tratar de que haya una convivencia más armoniosa entre los vecinos. Incluso con las discusiones domésticas que salen de su cauce y molestan a los vecinos el administrador puede mediar para alcanzar una solución al conflicto”.
En rigor, más allá de las normativas que son bien concluyentes en ese aspecto, los vecinos que comparten un inmueble van y vienen entre la tensión y el consenso para definir lo atinente al uso y disposición de los sectores comunes. Para eso existe la asamblea de propietarios, que es la reunión, anual y obligatoria, donde se toman las decisiones más importantes para el edificio, como las mejoras, las reparaciones y la elección del administrador.
Adriana Cuenca, martillera y administradora de edificios, sintetiza en el “desconocimiento” el origen de los desacuerdos entre consorcistas. “La mayoría de los propietarios desconocen el reglamento de copropiedad y ahí arrancan todos los problemas, porque la ley está para eso, para ordenar y evitar conflictos. Esto se repite con mucha frecuencia también con los inquilinos, a quienes las inmobiliarias no informan debidamente los alcances del reglamento y, por ejemplo, traen al edificio un perro cuando eso está prohibido, pero en realidad no saben que las mascotas no se permiten”, precisó.
En algunas administraciones, como la que dirige Cuenca, además de la ley de Propiedad Horizontal se confecciona, de ser necesario, un código de convivencia, el cual se pacta en las asambleas de propietarios. “Eso se estila -explicó Cuenca- en los casos en que el consorcio quiere reasegurarse que en el edificio no haya ruidos molestos o situaciones que atenten contra la integridad moral”.
En la experiencia de la administradora, los ruidos molestos, por lo general provenientes de fiestas organizadas por jóvenes, son también una de las causas de conflicto más frecuentes. “Nosotros intervenimos inmediatamente. Llamamos la atención al que los provoca una y dos veces y a la tercera, sino responde, le aplicamos una multa que le llega con las expensas”, concluyó Cuenca.
En La Plata, como en otros municipios de la Provincia, los consorcios disponen de la Dirección de Mediación Comunitaria, un espacio de medios alternativos de resolución de conflictos pensado para que los vecinos puedan resolverlos sin necesidad de contratar los servicios de un abogado ni terminar en un procedimiento judicial.
De acuerdo a lo que informó la Comuna, el vecino que tiene un requerimiento puede exponerlo personalmente en la oficina del área comunal, calle 47 N° 889, de lunes a viernes, de 8 a 13:30 o bien comunicarse con el Sistema Único de Atención Vecinal (SUAV) al 147 o vía mail a centromunicipaldemediacion@gmail.com.
Una vez evaluado el caso, los profesionales que allí se desempeñan citan a la otra parte del conflicto y fijan una audiencia entre las partes para buscar una solución. Se aclaró que las mediaciones son voluntarias para las partes.
Para consultas o información, los interesados pueden comunicarse a los teléfonos 422-3437 y 422-3439, de lunes a viernes de 8 a 13:30.
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