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En la Asesoría Pericial de La Plata se analizará si, como planteó su defensa, corre riesgo por la pandemia dentro de la cárcel de Ezeiza
Ex juez César Melazo
El Tribunal de Casación Penal bonaerense ordenó ayer que se le practique un estudio médico en la Asesoría Pericial de Tribunales al ex juez de Garantías de La Plata César Melazo, antes de decidir si se le concede o no un arresto domiciliario, en la que causa por la que está con prisión preventiva, bajo sospecha de liderar una presunta banda mixta de magistrados, policías, ladrones, ex convictos y barras, dedicada a diversas actividades delictivas, se presume, con cobertura judicial.
Fuentes de Tribunales informaron que el juez Víctor Violini, a cargo de la presidencia de Casación bonaerense, dispuso que Melazo sea trasladado a las dependencias de La Plata de la Asesoría Pericial -que depende de la Suprema Corte bonaerense-, para constatar o descartar las razones de salud que invoca su defensa para solicitar que el imputado siga el proceso desde su casa.
La defensa del ex juez presentó un hábeas corpus, alegando razones de salud y la situación de pandemia mundial.
En la presentación se argumentó que Melazo, detenido hace casi dos años en la Unidad 31 de Ezeiza, está dentro de la población de riesgo, según un listado elaborado por el Servicio Penitenciario Federal.
La defensa de Melazo presentó certificación médica que da cuenta sobre afecciones respiratorias y cardíacas que estaría sufriendo el ex magistrado.
El lunes último Violini, en la misma causa, hizo lugar a un hábeas corpus interpuesto por el abogado de Enrique Petrullo (otro de los detenidos bajo sospecha de oficiar de operador judicial de la supuesta organización delictiva), quien planteó la situación de pandemia y que el procesado, también alojado en la Unidad 31 de Ezeiza, tiene afecciones respiratorias por las que no recibiría los tratamientos adecuados en esa cárcel.
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La novedad del arresto domiciliario para Petrullo es un antecedente que podría favorecer a Melazo e inquieta a investigadores de la instrucción que llevó a prisión a Petrullo, Melazo y más de una decena de sospechosos.
El beneficio a Petrullo “es coherente con lo que la investigación que lo involucra puso de manifiesto”, comentó con sarcasmo una fuente con acceso al expediente y graficó: “existen sobradas pruebas en la causa que revelan el modo de operar del imputado”.
El abogado de Petrullo también presentó un certificado del médico de cabecera del detenido, Luis Alberto Genovesi, que acredita que su paciente “es una persona de alto riesgo sanitario atento sus antecedentes”.
Detalló que “cursa un cuadro de tos, con lo que su situación sanitaria resulta riesgosa para sí y para terceros, pues además, del certificado antes mencionado surge que Petrullo posee un nódulo pulmonar en control periódico, antecedentes familiares de cáncer de colon y coronariopatía que no pudo ser estudiada en profundidad, atento la detención operada, y conforme relatara su esposa, cursa un cuadro respiratorio, por lo que el galeno en cuestión califica su situación como de alto riesgo”, alegó la defensa.
Violini consideró que “el informe médico elaborado en la Unidad Nº 31 de Ezeiza afirma que Petrullo no se encuentra incluido en la franja de personas vulnerables”. También, que “de la lectura de ambos documentos médicos es posible observar que la revisión operada en la sede de la Unidad Penitenciaria ha sido más genérica y superficial, pues dada la urgencia con la que se requirió dicho informe, es evidente que no existió tiempo material para realizar estudios o un análisis más profundo”.
No obstante eso, el juez sostiene que “sin perjuicio de lo cual, la historia clínica a la que antes aludiera avala los dichos del doctor Genovesi”.
En esa línea, añadió que “el Servicio informa que el interno comparte todos los espacios con otros detenidos y con el personal, dado que la Unidad no cuenta con sectores de aislamiento; y esto me lleva a concluir que, por un lado, puede tenerse por acreditada una patología pulmonar respecto del señor Petrullo, que dado la urgencia de la situación, impone resolver de forma inmediata, visto que no resulta acertado dilatar aún más el trámite requiriendo informes complementarios”. En función de lo expuesto se dispuso el arresto domiciliario de Petrullo durante la vigencia de la cuarentena.
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