Las 24 actividades esenciales
Edición Impresa | 27 de Junio de 2020 | 03:00

1. Servicios postales y de distribución de paquetería.
2. Personal de los servicios de justicia de turno.
3. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
4. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
5. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
6. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
7. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
8. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo.
9. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia a personas mayores; a niños y adolescentes.
10. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
11. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
12. Servicios de lavandería.
13. Personal afectado a obra pública.
14. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
15. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
16. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
17. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
18. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
19. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
20. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
21. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino.
22. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad de Buenos Aires. Trabajadores públicos nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales.
23. Guardias mínimas de Yacimientos de petróleo y gas, plantas de refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas actividades que el Banco Central disponga.
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