La Corte Suprema recién resolvería después de la feria judicial de verano
Edición Impresa | 27 de Diciembre de 2022 | 04:09

¿Cómo sigue el conflicto ahora en la vía judicial? los jueces de la Corte Suprema de Justicia no tiene previsto por ahora reunirse en los próximos días -en realidad dos de los cuatro magistrados están ya de liciencia- en acuerdo para tratar nuevamente el fallo de la semana pasada, en cuanto a la pelea entre la Ciudad de Buebnos Aires y la Nación por los fondos coparticipables. La decisión es a pesar de que ya ingresó en el máximo tribunal el escrito del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que denuncia que el Estado nacional no depositó los fondos restituidos e incumplió el fallo, y el hecho de que el Gobierno prepara un recurso para que se revea esta decisión.
De esta manera, queda claro también que el conflicto seguirá los tiempos del proceso judicial y no los de la política. El Estado Nacional tiene hasta mañana miércoles para recurrir el fallo y la Corte deberá analizar las presentaciones, de las que probablemente correrá traslado para garantizar el derecho de defensa.
Pero eso no ocurriría hasta después de la feria judicial de verano, es decir hasta febrero de 2023, según estiman fuentes judiciales cercanas a la Corte.
En cuanto a otro de los temas a resolver, es probable que el máximo tribunal rechace las recusaciones de los jueces que anució la semana pasada el Gobierno nacional porque son “extemporáneas, no se pueden plantear después de la sentencia y los plazos previstos por el Código ritual ya están vencidos”. Además el recurso de revocatoria in extremis es improcedente para este caso y en el actual estado del proceso.
Otro punto a examinar es si el Estado invoca la ley 26.854 de cautelares, a la que se refiere el fallo de la Corte. Esta ley es la que dice que los jueces no podrán dictar medidas cautelares que perturben los bienes o recursos propios del Estado (art. 9) y habrá que ver si el Estado puede probar que en el caso se verifica esta circunstancia.
La ley de cautelares prevé -en su art. 13- los trámites necesario para que luego el Tribunal resuelva el levantamiento o mantenimiento de la medida o su modificación, lo que llevará esta cuestión por un carril judicial y menos conflictivo desde el punto de vista institucional, según un análisis en el portal Infobae.
Finalmente, descartan que se abra la feria judicial; no sólo porque no hay antecedentes ni se trata de un asunto de feria, sino porque este procedimiento lleva ya dos años en la Corte y no hubo urgencia ni de las partes ni del Tribunal para resolver.
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