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La Ciudad |Multas, retención de licencias y prohibición para conducir

A manejar sin una gota de alcohol: ya se promulgó la ley con sus sanciones

A manejar sin una gota de alcohol: ya se promulgó la ley con sus sanciones

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6 de Enero de 2023 | 02:20
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El Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires promulgó ayer la Ley N° 15.402 de Alcohol Cero, que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de todo tipo de vehículos que circulen en todo el distrito.

La normativa, que fue publicada ayer en el boletín oficial, contempla penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir a quienes hayan incumplido la prohibición de manejar después de haber bebido alcohol.

Además, la nueva ley que fue aprobada en diciembre pasado en la Legislatura bonaerense, contempla la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

Según registros que tiene la Provincia de Buenos Aires, el alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años.

Además, durante 2022 hubo 6.162 infracciones por alcohol al volante en rutas, calles y caminos de la provincia de Buenos Aires, según se desprende del informe anual del Observatorio Vial de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense.

Como se dijo, la ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

Así, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1.000 y 1.500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos tendrán sanciones más severas. Las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre será sancionada únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

 

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