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Se oficializó el trámite para usuarios con ingresos inferiores a seis salarios mínimos. También se puede tomar un plan con copagos
La Superintendencia de Servicios de Salud informó cómo es el trámite que deben realizar los beneficiarios para limitar los aumentos de las prepagas durante este año. La medida es para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles, en ese caso el incremento de la cuota tendrá como tope máximo el 90 por ciento de la evolución de los salarios.
En Argentina hay más de 6 millones de personas usuarias y consumidoras de servicios de salud. De ese total, más de 1,9 millones de personas se encuentran alcanzadas por planes corporativos que sus empleadores suscriben con las empresas que cubren sus costos en forma total o parcial. El resto, se divide entre los que contratan prepagas en forma directa -más de 1,6 millones- o trabajan en relación de dependencia y derivan sus aportes obligatorios a entidades que suscriben convenios con las prepagas.
Según lo establecido, a partir de febrero los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga tendrán un tope para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, monto que equivale a $392.562 con el salario de enero.
En esos casos, el incremento del valor de la cuota autorizado tendrá como máximo el 90 por ciento del índice de evolución de los salarios Ripte - Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables -.
Para acceder a ese beneficio, los usuarios del servicio de medicina prepaga deberán declarar su situación en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, entre el 1 y el 20 de cada mes.
El trámite debe realizarse todos los meses en la web https://www.sssalud.gob.ar/misssalud.
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Se comunicó que antes de ingresar, es requisito tener Clave Fiscal nivel 3 de la AFIP o superior y adherir el servicio “Mi SSSalud” a la clave fiscal.
La Resolución 2/2023 de la SSSalud, difundida en el Boletín Oficial, establece que los titulares de afiliación que pretendan que se les aplique el tope previsto en el artículo 1° del Decreto N° 743/22 deberán completar, del día 1° al 20 de cada mes, una declaración jurada de ingresos correspondientes al mes calendario inmediato anterior.
Hasta el año pasado, las cuotas de la medicina prepaga se actualizaban a partir de un índice de costos de salud. Sin embargo, los altos porcentajes de aumento de los últimos meses del año llevaron al Gobierno a establecer un nuevo mecanismo de subas para las personas que tienen ingresos menores a seis salarios mínimos.
A partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de un año y medio, el incremento del valor de las cuotas de los contratos individuales con las prepagas o a través de derivación de aportes tendrá como tope máximo el 90 por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) del mes anterior publicado.
El formulario para declarar ingresos está disponible en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, se informó.
El último índice Ripte publicado es el de octubre pasado, fue de 5.5 por ciento. En ese caso, el tope para los aumentos de febrero - con el 90 por ciento estimado - sería de 4,95 por ciento.
Este mes de enero se aplicó la segunda parte del aumento establecido para diciembre 2022 que inicialmente era de 13,8 por ciento -de acuerdo a una fórmula que ya dejó de aplicarse. El Gobierno lo desdobló en dos aumentos de 6,9 por ciento (uno en diciembre y otro en enero).
El año pasado, la medicina prepaga cerró con aumento total en el año de poco más del 100 por ciento.
Por otro lado, las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir de este mes, planes de cobertura con copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25 por ciento menor al plan sin copagos.
El trámite se inicia accediendo a la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, ahí se hace clic en el acceso a Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas.
Se debe marcar en el botón “nueva declaración”. Esta opción estará visible del 1 al 20 de cada mes. Se puede registrar una declaración jurada por prepaga por período. Del 21 en adelante, de cada mes, la funcionalidad no se encontrará disponible.
Luego se debe marcar el botón “Selección de entidad de medicina prepaga” para desplegar el buscador que permite seleccionar una empresa de medicina prepaga. Cada usuario debe buscar su prepaga, se puede realizar por número de CUIT o ingresando parte de la denominación lo que despliega una lista con las coincidencias que se vayan generando.
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