Empleadas de casas particulares: los 4 cambios clave que introdujo ARCA
| 14 de Julio de 2025 | 10:44

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una serie de modificaciones en el régimen de aportes para el personal de casas particulares, con el objetivo, según consigna, de facilitar los pagos y mejorar la gestión de la información en el registro correspondiente. Las medidas fueron oficializadas mediante una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial. La decisión alcanzará aproximadamente a 450.000 empleadores que registran sus pagos mensualmente ante el organismo.
Estos son los 4 cambios:
1- Se amplía el abanico de formas de pago habilitadas para cancelar los aportes mensuales. Entre las nuevas opciones se incluyen transferencias electrónicas, débito automático desde cuentas bancarias, pagos con tarjetas de crédito, billeteras virtuales, código QR y plataformas digitales, además de las modalidades tradicionales como el pago en sucursales bancarias. Todos estos mecanismos están orientados a simplificar el cumplimiento de las obligaciones y mejorar la trazabilidad de los fondos.
2- La normativa también establece que las adhesiones o modificaciones en el registro realizadas hasta el último día del mes tendrán efecto sobre las obligaciones del mes siguiente, salvo que el pago se realice con VEP, QR, billeteras virtuales o tarjeta de crédito, casos en los que el impacto será inmediato. No se admitirán pagos parciales, y el sistema emitirá comprobantes válidos tanto para empleadores como para trabajadores.
3- La normativa incorpora también la posibilidad de que el organismo realice actualizaciones de oficio en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares, creado por la Resolución General N° 3.491. Esto se aplicará en los casos en que se detecten datos desactualizados o incorrectos que afecten la integridad de la información, ya sea a partir de los datos provistos por los empleadores o de otros organismos públicos. Las correcciones se notificarán al empleador por medio del Domicilio Fiscal Electrónico u otro canal que la agencia considere pertinente.
4- La resolución deroga tres artículos clave de la normativa anterior (la Resolución General N° 5.409).
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