Cristina Kirchner insiste para que la dejen votar: la fiscalía electoral pidió que sea inhabilitada

El fiscal Ramiro González solicitó excluir a la expresidenta del padrón por la inhabilitación perpetua derivada de su condena en la causa Vialidad. La Cámara Nacional Electoral debe resolver antes del 16 de septiembre

La situación judicial de Cristina Kirchner sobre su derecho al voto entró en una instancia decisiva. El fiscal nacional electoral, Ramiro González, pidió a la Cámara Nacional Electoral (CNE) que la exmandataria sea excluida del padrón definitivo, en virtud de la inhabilitación perpetua que le impuso la condena en la causa Vialidad.

El plazo es ajustado: el 16 de septiembre debe publicarse el padrón definitivo de cara a las elecciones, aunque el cronograma oficial admite diez días más para corregir errores u omisiones.

La decisión de la jueza

El planteo de la fiscalía contradice un fallo previo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que el 18 de julio había declarado la inconstitucionalidad de los artículos que prevén la privación automática del sufragio para condenados.

En esa resolución, Borruto ordenó mantener a Cristina Kirchner como electora activa “con el único propósito de que pueda ejercer su sufragio”. La magistrada fundamentó su decisión en los estándares de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al considerar que privar del voto sin una ley específica vulnera principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

La posición de la fiscalía

El fiscal González, en cambio, se apoyó en antecedentes recientes. Recordó el caso de Juan Carlos Villafañe, ex titular de Vialidad de Santa Cruz y también condenado en la misma causa, sobre quien se planteó idéntico conflicto a fines de agosto.

En su dictamen, González reiteró la postura del Ministerio Público Fiscal: mientras el Congreso no reglamente un nuevo marco normativo, las personas con inhabilitación perpetua no pueden integrar el padrón electoral.

El fiscal citó además el caso “Orazi”, resuelto por la Corte Suprema, que determinó que el ejercicio efectivo del derecho al sufragio requiere una regulación específica cuya sanción corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

La letra de la ley

El Código Penal establece que la inhabilitación perpetua incluye la “privación del derecho electoral”. Por su parte, el Código Nacional Electoral dispone que los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad con sentencia firme deben ser excluidos del padrón durante el tiempo que dure la condena.

Sin embargo, la propia Cámara Nacional Electoral había declarado la inconstitucionalidad de esos artículos en un caso previo, señalando que la exclusión automática del sufragio es inválida. En ese mismo precedente, el tribunal advirtió que la inclusión de esas personas en el padrón depende de la sanción de una nueva ley, lo que hasta ahora no ocurrió.

Lo que viene

La definición quedará en manos de los jueces de la Cámara Nacional Electoral: Daniel Bejas (presidente), Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera.

Aunque el padrón definitivo se publicará el martes, los magistrados cuentan con un margen de diez días más para resolver. De esa decisión dependerá si la expresidenta podrá votar en los próximos comicios o si quedará inhabilitada para ejercer ese derecho político.
 

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