Hasta 20 años de demoras para notificar fallos contra veterinarios
Edición Impresa | 12 de Mayo de 2026 | 02:41
Una serie de expedientes en la Justicia Civil y Comercial de La Plata vuelve a poner en discusión los juicios de apremio iniciados por la Caja de Seguridad Social para Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires, con un punto que se repite en distintos casos. Según denunciaron desde la entidad, “hay demandas iniciadas hace décadas que recién son notificadas muchos años después”.
El foco del debate judicial “no se limita al cálculo de las deudas ni a la validez de los aportes reclamados”, sino que se concentra en el origen del problema: “el tiempo transcurrido sin notificación”. En varios expedientes, ese lapso “supera los 20 años”, citaron desde la institución.
Por caso, en una causa iniciada en 2003 —de acuerdo al aporte de abogados que trabajan para la Caja de veterinarios bonaerense—, el Juzgado dejó constancia de que durante más de dos décadas el demandado “no pudo ejercer contradictorio alguno, mientras se acumulaban intereses en forma unilateral”, y calificó la situación como un “ejercicio abusivo del derecho creditorio”.
El mismo fallo —al que tuvo acceso este medio— señaló que “la inactividad procesal no puede importar un enriquecimiento indebido” y que el proceso “no puede convertirse en un instrumento para consolidar ventajas injustas por mera pasividad”, en referencia directa al efecto que produce la falta de notificación sobre el monto final reclamado.
Casos diversos
En otro expediente con más de 16 años sin impulso efectivo, la Justicia sostuvo —conforme se desprende de fallos y aportes del equipo letrado de la entidad previsional citada— que esa inactividad constituye un “ejercicio disfuncional del derecho subjetivo” y resolvió limitar sus efectos, disponiendo que los intereses se computen únicamente desde la reactivación del trámite.
Sin embargo, no todos los fallos adoptan el mismo criterio. En una sentencia del 14 de abril de 2026, el Juzgado avanzó con la ejecución de una deuda por aportes previsionales correspondientes a períodos entre 1997 y 2019. Allí se sostuvo que la obligación deriva de la condición de matriculada, que la deuda es una obligación de valor —“se debe un valor, pero se paga en dinero”— y que debe abonarse en JUVET convertidos a pesos al momento del pago.
En ese pronunciamiento también se indicó que la prescripción aplicable es de diez años y que los planteos de inconstitucionalidad “no resultan admisibles dentro de este procedimiento”, sin abordar el impacto de las demoras en la notificación.
Diferencia de criterios
La coexistencia de estos criterios aparece en el centro de la discusión. Mientras algunas resoluciones consideran que los largos períodos sin notificación inciden en la forma de calcular la deuda —especialmente en intereses—, otras avanzan con la ejecución en los términos planteados.
El abogado Lorenzo Matus, que trabaja en otros casos similares que afectan a vecinos de la Región, ubicó el eje del problema en ese punto. “El problema real general es que inician demandas y tardan décadas en notificar. El resto son todas consecuencias. El problema se genera con tener 20 años sin notificar”, afirmó.
Efectos de la demora: deuda acumulada sin poder de reacción de los demandados
Según explicó, en uno de los casos que patrocina “se demostró la inexistencia de la deuda porque había pedido la eximición y nunca ejerció como veterinaria, sino que trabajó únicamente en el ámbito público”. En ese marco, sostuvo que el problema excede ese expediente puntual y se vincula con el funcionamiento general del sistema.
“Si sabían, podían presentar y reiterar hasta que les tomen el pedido de eximición, cosa que cuando se les ocultó el reclamo fue idóneo para que hagan crecer las deudas”, señaló. También remarcó que se trata de situaciones en las que “presentaron demanda hace décadas e inexplicablemente se tomaron décadas para notificar el reclamo judicial a pesar de ser personas identificables por ser colegiadas y conocidas”.
ACUMULACIÓN DE DEUDA
Conforme se desprende de los expedientes, “durante los años en que el profesional no tiene conocimiento del juicio, la deuda continúa acumulándose”, sobre lo cual también enfatizaron los abogados de la Caja previsional de veterinarios bonaerenses afectados. Ese proceso, señalado en distintos fallos, es el que luego deriva en “reclamos por períodos extensos y montos elevados”, según señalaron.
Plantean que “la discusión judicial se desplaza hacia los efectos de esa demora: el alcance del derecho de defensa, la posibilidad de ejercer mecanismos como la eximición de aportes y la forma en que deben computarse intereses y actualizaciones cuando el expediente permanece sin notificación durante largos períodos.
Con causas en trámite y criterios no unificados, el punto común que atraviesa los casos es el mismo: el impacto que genera la existencia de demandas que permanecen sin notificar durante décadas y las consecuencias que ese dato tiene en la evolución de las deudas reclamadas.
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