Severas penas por el crimen Claudio "La Clota" Lanzetta
| 28 de Marzo de 2003 | 00:00

Tres hombres fueron condenados ayer por el Tribunal Oral
Criminal número 4 a penas de entre 15 y 10 años de prisión por el homicidio
del agente de relaciones públicas Claudio "La Clota" Lanzetta, cometido
en su departamento del barrio porteño de Palermo el 29 de octubre del
2001.
Los integrantes del TOC 4 condenaron a Marcos Araujo a 15 años y cinco meses de prisión (en una condena unificada con otra anterior de cinco meses que estaba en suspenso); a Matías Elorza a 13 años y a Esteban Suárez a 10 años, por encontrarlos penalmente responsables del delito de "robo calificado seguido de muerte".
Mientras que el tribunal, integrado por los jueces Hipólito Saá, Juan Amaral y Walter Luna, absolvió al cuarto imputado, Gastón Rojas.
El TOC 4 se tomó sólo una hora para dictar el veredicto, que fue leído tras un receso por ese tiempo luego de escucharse los alegatos de los defensores.
En la mañana, la fiscal del crimen Cecilia Pombo había pedido penas de 17 años de prisión para Araujo, sindicado como el autor del disparo que provocó la muerte de Lanzetta, 14 años de prisión para Elorza y Suárez y 10 para Rojas.
La querella, en tanto, había reclamado al tribunal que imponga a Araujo, Elorza, Suárez y Rojas penas de 22, 21, 19 y 16 años de prisión por el hecho registrado el 29 de octubre de 2001 en un departamento del quinto piso de Juncal 3745 de la capital federal.
A la tarde alegaron los defensores, quienes en general pidieron la absolución de los procesados o plantearon pedidos de nulidad basados en diversos defectos jurídicos en los procedimientos de la etapa instructiva u ocurridos durante este debate.
El letrado Marcelo Giménez, defensor de Elorza, alegó que durante el juicio oral se "violó el derecho de defensa de su cliente al haberse incorporado por lectura el testimonio, hecho durante la etapa de instrucción del caso, correspondiente a una mujer que incriminaba al acusado y que no fue llamada al estrado para que lo ratifique".
El abogado Miguel Perotti dijo en su alegato que su defendido "Suárez no sabía que Araujo tenía un arma y menos aún que se le iba a escapar un tiro, debiendo por lo tanto calificarse su participación de secundaria".
Los defensores de Araujo, Beatriz Flor y Eduardo Heredia hicieron un pedido de nulidad de lo actuado en la etapa de instrucción de la causa por la jueza Silvia Ramond, ya que su defendido "fue reconocido por uno de los testigos de cargo (Pereyra) por las fotografías de sus zapatillas".
Los integrantes del TOC 4 condenaron a Marcos Araujo a 15 años y cinco meses de prisión (en una condena unificada con otra anterior de cinco meses que estaba en suspenso); a Matías Elorza a 13 años y a Esteban Suárez a 10 años, por encontrarlos penalmente responsables del delito de "robo calificado seguido de muerte".
Mientras que el tribunal, integrado por los jueces Hipólito Saá, Juan Amaral y Walter Luna, absolvió al cuarto imputado, Gastón Rojas.
El TOC 4 se tomó sólo una hora para dictar el veredicto, que fue leído tras un receso por ese tiempo luego de escucharse los alegatos de los defensores.
En la mañana, la fiscal del crimen Cecilia Pombo había pedido penas de 17 años de prisión para Araujo, sindicado como el autor del disparo que provocó la muerte de Lanzetta, 14 años de prisión para Elorza y Suárez y 10 para Rojas.
La querella, en tanto, había reclamado al tribunal que imponga a Araujo, Elorza, Suárez y Rojas penas de 22, 21, 19 y 16 años de prisión por el hecho registrado el 29 de octubre de 2001 en un departamento del quinto piso de Juncal 3745 de la capital federal.
A la tarde alegaron los defensores, quienes en general pidieron la absolución de los procesados o plantearon pedidos de nulidad basados en diversos defectos jurídicos en los procedimientos de la etapa instructiva u ocurridos durante este debate.
El letrado Marcelo Giménez, defensor de Elorza, alegó que durante el juicio oral se "violó el derecho de defensa de su cliente al haberse incorporado por lectura el testimonio, hecho durante la etapa de instrucción del caso, correspondiente a una mujer que incriminaba al acusado y que no fue llamada al estrado para que lo ratifique".
El abogado Miguel Perotti dijo en su alegato que su defendido "Suárez no sabía que Araujo tenía un arma y menos aún que se le iba a escapar un tiro, debiendo por lo tanto calificarse su participación de secundaria".
Los defensores de Araujo, Beatriz Flor y Eduardo Heredia hicieron un pedido de nulidad de lo actuado en la etapa de instrucción de la causa por la jueza Silvia Ramond, ya que su defendido "fue reconocido por uno de los testigos de cargo (Pereyra) por las fotografías de sus zapatillas".
Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE