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Ya preparan en el Senado nueva ley antiterrorista

31 de Julio de 2005 | 00:00
A la sombra de los atentados de Madrid y Londres, principalmente, y con el recuerdo del ataque a las Torres Gemelas en Nueva York aún presente, el Senado de la Nación se apresta a discutir una nueva Ley Antiterrorista, que ya tiene el acuerdo de la mayoría de los bloques del cuerpo y el dictamen de varias comisiones.

El proyecto tiene por objeto "prevenir, investigar y sancionar las acciones delictivas terroristas" que serán penadas con entre 10 y 20 años de prisión para quienes ejecuten actos terroristas, y de prisión o reclusión perpetua si se provoca la muerte de personas.

Entre las conductas punibles, cuya "imprescriptibilidad" queda determinada por esta Ley, la norma menciona a aquellas que se enmarcan en convenios internacionales firmados por la Argentina sobre represión al "apoderamiento ilícito de aeronaves"; "actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil"; y "violencia en los aeropuertos".

También se puntualizan aquellos actos contra "la seguridad de la navegación marítima"; "la seguridad en plataformas petroleras"; "las personas internacionalmente protegidas y agentes diplomáticos" y "la protección física de los materiales nucleares"; y se reprime la "toma de rehenes" y los "atentados cometidos con bombas".

La norma también refiere la punibilidad del financiamiento del terrorismo.

Asimismo, se crea la Unidad de Prevención de Actos de Terrorismo que deberá estar a cargo del Ministerio del Interior, cuya función, entre otras, será la de elaborar un Plan Nacional de Prevención anual que deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo.

El Congreso podrá tomar parte en este plan sólo escuchando el informe que el Director de la Unidad deberá brindar a los presidentes de ambas cámaras bajo estricta confidencialidad una vez por año.

En cuanto a la cuestión investigativa, la norma faculta a la Justicia a llevar al triple los plazos del secreto de sumario y al doble los de incomunicación. Además se podrá disponer, como medida preventiva, del bloqueo de cuentas, fondos u otros activos vinculados con acciones terroristas.

El segundo capítulo de la norma hace mención a la figura del informante, que podrá serlo con o sin contraprestación económica, del agente encubierto, del arrepentido y del testigo de identidad reservada.

AGENTE ENCUBIERTO

En cuanto al agente encubierto, se establece como prerrogativa que su conducta "no será punible cuando a consecuencia del necesario desarrollo de la actuación que se le encomendara, se hubiese visto compelido a incurrir en un delito, siempre que este no implique atentar contra la vida, la integridad física o perpetrar estrago".

El "arrepentido" podrá ver reducida su pena aplicando la "tentativa o limitándola a la mitad respecto de los partícipes o encubridores" cuando proporcione información que permita combatir actos de terrorismo.

Pero se aclara que esa reducción se cumplirá "siempre que el delito en que se encuentre involucrado sea igual o más leve que aquel respecto del cual hubiere brindado su colaboración".

El proyecto, además, deroga la llamada Ley del Arrepentido (25.241), sancionada durante los primeros meses del gobierno de Fernando De la Rúa.

El acuerdo entre los bloques de la Cámara alta consiste, además, en discutir el proyecto a fines de agosto, una vez que se haya abierto el período de pruebas en el juicio político al juez de la Corte Suprema Antonio Boggiano, y antes del parate por las elecciones legislativas de octubre.

La norma combina los proyectos presentados por la titular de la Comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico, la salteña justicialista Sonia Escudero; el jefe del bloque del peronismo, el rionegrino Miguel Angel Pichetto; y su similar de la bancada radical, el misionero Mario Losada, en conjunto con la formoseña Marcela Lescano.

Por ahora el proyecto tiene las firmas de los integrantes de la Comisión de Seguridad Interior, pero aún faltan de Relaciones Exteriores, Defensa y Justicia y Asuntos Penales, aunque se espera que el trámite sea rápido.

ANTECEDENTES

Cuando el proyecto de Ley Antiterrorista que está cerca de ser tratado en la Cámara alta entre en vigencia, ocupará el espacio en blanco que existe en la legislación argentina en materia de prevención y combate contra el terrorismo.

Si bien existe una norma sancionada durante la época de Fernando De la Rúa (la Ley 25.241), esta quedará derogada por el nuevo proyecto.

La Ley promulgada en marzo de 2000, con las firmas de De la Rúa, de su primer jefe de Gabinete, Rodolfo Terragno, y de su primer ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, se basa fundamentalmente en la figura del arrepentido y rebaja las penas para quienes, como miembros de una asociación ilícita, colaboren con la investigación de un hecho penal.

La sanción había sido pedido en 1997 por el entonces gobernador de la provincia de Buenos Aires, Eduardo Duhalde, para esclarecer el crimen del fotógrafo José Luis Cabezas.

Pero en ese momento, el bloque justicialista del Senado, ampliamente alineado con el Poder Ejecutivo a cargo de Carlos Menem, se negó con el argumento de que vulneraba el principio constitucional de que nadie está obligado a declarar contra sí mismo, y para sostener una postura contraria a negociar con criminales.

Hace dos meses, la Cámara de Diputados le dio media sanción a la Ley contra el Lavado de Activos, luego de que el Grupo de Acción Financiera Internacional (compuesto por los gobiernos de los países desarrollados) presionó para que la Argentina tuviera una norma en ese sentido.

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