Una actividad que se encuentra regulada en toda la Provincia por una ley sancionada en 2005

Edición Impresa

Hay normas muy precisas que regulan el funcionamiento de las colonias en la provincia de Buenos Aires. Y no está de más que los padres y madres sepan de qué se trata.

Las colonias de vacaciones que funcionan en todo el territorio bonaerense deben estar inscriptas en un Registro Unico de Habilitaciones para realizar su actividad. Así lo establece la ley provincial 13.424 aprobada en 2005.

La norma también determina que los grupos de niños y adolescentes que concurran a esas instituciones deberán estar a cargo de profesionales que posean título universitario de Profesor de Educación Física.

La ley apunta a regular la actividad de la numerosa cantidad de colonias de vacaciones que funcionan en épocas de verano en la Provincia y evitar, de ese modo, a aquellas que lo hacen sin el debido control.

El texto de la ley señala que las colonias de vacaciones son “las instituciones educativo-recreativas, de carácter temporario, a las cuales concurren niños y niñas con el objetivo de pasar sus vacaciones”. Y establece que las mismas podrán ser “de tiempo parcial” o “de tiempo completo”.

Se consideran colonias de vacaciones “de tiempo parcial” a las que tienen una jornada de varias horas al día, pero que no incluyen la noche.

La ley prevé, como se dijo, la existencia de un Registro Unico de Habilitación de Colonias de Vacaciones y de un Registro de Profesionales de Educación Física que aspiren a desarrollar actividades en esas instituciones.

La habilitación de los establecimientos donde funcionen las colonias debe ser otorgada por la Municipalidad respectiva.

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE