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El recurso pide que el Tribunal declare la inconstitucionalidad de la norma que eleva la edad jubilatoria
La medida generó polémica y protestas por parte de empleados y jubilados de la entidad/archivo
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia declaró la admisibilidad del planteo impulsado por el gremio La Bancaria en contra de la reforma en el régimen previsional de los empleados del Banco Provincia, una medida impulsada por el gobierno de María Eugenia Vidal que generó polémica y rechazos.
Con esa resolución, el tribunal que preside Hilda Kogan aceptó tratar el recurso firmado por el titular del gremio, Sergio Palazzo, en el que se pide una declaración de inconstitucionalidad contra la ley que reformó las jubilaciones del Bapro.
Voceros oficiales explicaron que a partir de esa resolución, la Corte dio traslado a la Asesoría General de Gobierno de la Provincia y a la Caja previsional del Bapro.
Además, el Tribunal la declaró de “acción colectiva” es decir que lo que resuelva abarcará a todos los actores del sistema, tanto a los pasivos como a los activos.
“La admisibilidad significa que el planteo no fue rechazado y que se va a tramitar. Esto es muy positivo para nosotros”, explicaron por su parte desde La Bancaria.
El gremio había presentado la semana pasada el planteo de inconstitucionalidad contra la ley que contempla el aumento en la edad jubilatoria además de una modificación en el cálculo de la composición de los haberes, entre otros aspectos que generaron fuerte rechazos y protestas por parte de los empleados de la entidad.
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La ley 15.008, sancionada en diciembre y publicada el 16 de enero en el Boletín Oficial bonaerense, establece que “tendrá derecho a la jubilación ordinaria el afiliado que compute treinta y cinco (35) años de servicios como mínimo y que hubiera cumplido sesenta y cinco (65) años de edad”.
Antes de esa reforma, la edad para acceder a la jubilación estaba fijada en 60 años.
La aplicación de la nueva edad para jubilarse se realizará escalonadamente y de la siguiente manera: 61 años en 2020 y 2021; 62 años en 2022 y 2023; 63 años en 2024 y 2025; 64 años en 2026 y 2027, y 65 años desde 2028.
La medida fue defendida por el gobierno provincial y los legisladores de Cambiemos con el argumento del fuerte déficit que venía generando esa caja previsional que tiene en la actualidad hay 10.500 aportantes activos para 16.000 jubilados, aunque los retirados también aportan a la Caja.
Además, la reforma modifica la tasa de sustitución, es decir el porcentaje del sueldo activo que percibe un jubilado al bajarlo del 82 al 70 por ciento.
Establece también que para el haber inicial se tomará el promedio de los últimos diez años y no el mejor cargo ocupado en la entidad bancaria y que la movilidad jubilatoria no será por variación salarial sino por el índice votado por el Congreso para los jubilados de Anses.
El recurso que ahora estudiará la Suprema Corte de Justicia de la Provincia pide que se declare la inconstitucionalidad de la ley que, afirman, “afecta, con ilegalidad y arbitrariedad manifiestas, al colectivo de los trabajadores” del Banco Provincia, reza el escrito al que accedió EL DIA.
Además, señala que “el Estado provincial pretende modificar sustancialmente –y de manera peyorativa- el sistema jubilatorio de los empleados del Banco de la Provincia de Buenos Aires, afectando sus derechos en relación con los requisitos requeridos para acceder a la jubilación, con la forma de determinación del haber inicial de quienes accedan, alterando de manera regresiva el sistema de actualización de dicho haber y en otros aspectos que se puntualizarán oportunamente, produciendo una afectación al colectivo de trabajadores –activos y pasivos- que integran el universo genérico y amplio que representa la Asociación Bancaria (Sociedad de Empleados de Banco)”.
“La ley colisiona con el ordenamiento jurídico argentino, en tanto y en cuanto se adoptan criterios reñidos con los postulados de la estructura jurídica en que se asienta las leyes fundamentales, tanto nacional como provincial”, se afirma en el escrito.
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