Las cooperativas bonaerenses deberán inscribirse en ingresos brutos antes del 15 de julio

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires informa que de conformidad con la Ley 15.007 todas las cooperativas que realicen actividades a título oneroso en jurisdicción bonaerense deberán estar inscriptas, sin excepción, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El trámite podrá hacerse hasta el 15 de junio inclusive.

Esta medida abarca también a aquellas cooperativas que realizan actividades exclusivamente con sus asociados, ya que pasaron de estar no alcanzadas por el tributo a encontrarse exentas en el mismo.

Por eso, todas las cooperativas deberán presentar declaraciones juradas tanto las de anticipos mensuales como la anual y otras informativas solicitadas por ARBA. Una vez inscriptas, también podrán gestionar las exenciones contempladas por la ley.

En el caso de las cooperativas de trabajo y sus asociados, que ya tenían la obligación de inscribirse, la nueva legislación aclara  - en consonancia con la esencia y finalidad de este tipo de cooperativas- que la exención alcanza exclusivamente a los ingresos obtenidos por este tipo de cooperativas, hasta los importes relativos a los servicios prestados por sus asociados, se trate de las sumas pagadas por tal concepto por la entidad durante el ejercicio, como el retorno aprobado por la asamblea vinculado con tales servicios.  

Con el objeto de lograr una mayor equidad y transparencia, la Resolución Normativa N°19/18 publicada en el Boletín Oficial detalla también que todas las cooperativas que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción, deberán presentar anualmente, con carácter de declaración jurada, información referida al año calendario anterior.

Sin perjuicio de ello, las cooperativas constituidas conforme con la Ley Nacional 20.337 con anterioridad al 1 de enero de 2018, deberán presentar por única vez, una declaración informativa especial con datos referidos al ejercicio fiscal 2017, cuyo vencimiento operará el 15 de junio de 2018.

Para los años subsiguientes la presentación deberá efectuarse antes del 10 de mayo de cada año.Para explicar los alcances de la nueva normativa, autoridades de ARBA mantuvieron una ronda de diálogo con las federaciones que nuclean a las distintas cooperativas bonaerenses. Además, se encuentra en la web www.arba.gov.ar un espacio de preguntas frecuentes respecto al tema.

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