Tras una denuncia, ordenan a la Municipalidad de Berisso a suspender la poda de árboles

Luego de una denuncia de vecinos autoconvocados que llegó a los tribunales en el mes de mayo, la Justicia emitió recientemente un fallo en el que ordenó a la Municipalidad de Berisso a suspender las tareas de poda y tala del arbolado público en toda la ciudad.

El juez en lo Contencioso Administrativo Francisco José Terrier ordenó a la Municipalidad de Berisso a "la inmediata suspensión de las tareas de poda y/o tala del arbolado público en todo el partido de Berisso, tanto en la zona urbana como periurbana y rural, hasta tanto se garantice el cumplimiento de los recaudos previstos por la Ley 12.276 y su decreto reglamentario”.

Julieta Kolac, una de las vecinas denunciantes, afirmó a este medio que se trata de un conflicto "por poda ilegal" del arbolado público que comenzó en febrero con reclamos a través de las redes sociales y prosiguió con pedido de audiencia a funcionarios y ante el intendente berissense, y que a raíz de la falta de respuestas al problema recalaron en la órbita de la Justicia. En ese sentido, a modo de ejemplo, la vecina recordó lo que consideró como "podas ilegales llevadas a cabo por personal no especializado" en distintos puntos del Casco Urbano, sobre el canal Génova y en sectores de Villa Argüello.

Kolac enfatizó que "Berisso es la sexta ciudad más contaminada de 511 municipio a a nivel nacional, entonces que destrocen el arbolado público y los espacios verdes es calamitoso". En la causa, además, solicitaron un plan de forestación en Berisso: "Hemos solicitado ver el plan del municipio y no pudimos acceder, porque seguro no lo tienen", señaló.

En el marco del conflicto, el juez Terrier interpretó que “la ley 12276 establece las normas sobre arbolado público de aplicación en todo el territorio provincial, entendiendo como tal “…las especies arbóreas y arbustivas instaladas en lugares del área urbana o rural, municipales y provinciales, sitas en el ejido del Municipio y que están destinadas al uso público, sin tener en cuenta quién y cuándo las hubieren implantado” y estableciendo la necesidad de que los gobiernos municipales presenten anualmente de un “Plan de Forestación o Reforestación” (arts. 1 y 2). Precisa el art. 2 del decreto reglamentario que las comunas “deberán entender en la conservación, mantenimiento, ampliación y mejoramiento del Arbolado Público en sus respectivas jurisdicciones”.

Los vecinos afirmaron que "el texto legal referido determina, además, que está prohibida la extracción, poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público, como así también cualquier acción que pudiere infligir algún daño a los
mismos, disponiendo los casos en que se justificará la solicitud de poda o erradicación de ejemplares del arbolado público,… “ .

Y señalaron que "si bien no se pudo notificar formalmente a la Municipalidad, por la situación de pandemia que estamos sufriendo, damos a conocer la Resolución dictada por el Juez, ya que continúan en este momento las podas ilegales en el camino del petróleo y otras arterias de la ciudad, para que dejen de destruir el arbolado público, patrimonio de todos los berissenses". 

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