Habilitaron un juicio oral por un abuso, pese a que el delito ya estaba prescripto

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Luego de que la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires pidiera que se realice un “Juicio por la Verdad” en el caso de una mujer, que fue abusada sexualmente por su tío cuando era una niña, el Tribunal de Casación Penal bonaerense habilitó ese proceso como instancia de reparación para la víctima, pese a que el delito prescribió.

Así lo decidieron los jueces Víctor Violini, Ricardo Borinsky y Daniel Carra en la causa por la cual el Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, se presentó como “amicus curiae”, no sólo por el interés del caso en cuestión, sino por la importancia que puede tener ante situaciones similares.

La víctima comenzó a ser abusada a los cinco años, situación que se repitió hasta que cumplió los diez.

Recién pudo denunciarlo veinticinco años después, luego de ser madre y de haber recibido tratamiento psicológico.

La denuncia fue acompañada por la Defensoría y fue el juez de Garantías de Lomas de Zamora, Gabriel Vitale, quien tomó el caso y consideró necesario la realización de un “Juicio por la Verdad”.

Tras una apelación, la causa se encontraba en la máxima instancia penal, donde finalmente se falló a favor del proceso.

Los “Juicios por la Verdad” se dan en casos donde el delito se encuentra prescrito, por lo que no se puede aplicar pena a la persona denunciada. Entonces, la realización de este tipo de procesos puede servir como acto reparatorio.

“Lo que se busca es reparar un daño gravísimo y que el Estado reconozca la condición de abuso. Puede ser un caso paradigmático para el futuro”, sostuvo Lorenzino.

 

 

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