Buenas intenciones con los celíacos, que cuestan concretarse en la realidad
Edición Impresa | 2 de Mayo de 2023 | 01:49

La reciente reglamentación de la ley nacional de Celiaquía, que entre otras cláusulas impone la obligación de que los restaurantes cuenten con un menú para celíacos y que actualiza los montos de cobertura –en situaciones que de algún modo ya se encontraban reguladas por ordenanzas locales- constituye un paso formal positivo, aún cuando quienes sufren este mal conocen que en numerosas ocasiones no se cumple con estos y otros mandatos legales sancionados en defensa de los que padecen la enfermedad.
El decreto reglamentario determina las pautas para la elaboración de un menú seguro, que será obligatorio en restaurantes y diversas instituciones que brinden comidas. Como s sabe, la celiaquía es una intolerancia permanente a las proteínas del trigo, avena, cebada y centeno (TACC),
La norma ordena asimismo el rotulado sin TACC de medicamentos y la periodicidad con la que se debe actualizar el monto que las obras sociales y prepagas deben cubrir a personas con celiaquía, entre otros de los aspectos de la reglamentación de la Ley de Enfermedad Celíaca publicada el miércoles pasado en el Boletín Oficial.
La celiaquía, en cuyo mejor combate científico se han destacado investigadores médicos platenses, es una enfermedad autoinmune que en la Argentina afecta a una de cada algo más de 100 personas y está causada por la exposición al gluten, una proteína vegetal presente en el trigo, la avena, el centeno y la cebada. Los pacientes deben seguir rigurosos tratamientos y atenerse a menús estrictos, bajo pena de correr riesgos de salud muy severos en caso de incumplir con esas y otras recomendaciones médicas. Hace pocos años los afectados eran 140 cada cien, lo que habla de una preocupante expansión.
En cuanto al monto de la cobertura pasará de $2.672 a $7.806,73 contemplando la canasta básica alimentaria publicada por el Indec el 20 de abril de 2023. Asimismo, todos los medicamentos deberán identificarse en función de su contenido o ausencia de gluten como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”.
Desde la Asociación Celíaca Argentina, se dijo que el decreto corresponde a muchas de las modificaciones que se hicieron en 2015 de la Ley de Enfermedad Celíaca de 2009 y que al no estar reglamentadas no se cumplían porque faltaba la letra chica.
La entidad dijo confiar en que la letra de la reglamentación se haga realidad y que en un plazo breve los restaurantes y bares “cuenten con un menú seguro para celíacos”.
Lo cierto es que experiencia acumulada en los últimos años demuestra que muchas de las leyes y ordenanzas que se sancionan no pasan de ser cartas de buenas intenciones, ya que en los lugares de comida suele no haber alimentos apropiados para enfermos de celiaquía –entre otros pan y galletitas- y los costos de los alimentos sin TACC en los comercios triplican a los de consumo general por la población.
Es de esperar que los organismos del Estado con incumbencia, encargados de la verificar el cumplimiento de la ley, no se desentiendan de esta cuestión y obliguen a todos a poner en práctica disposiciones legales que buscan prevenir una mal que se va expandiendo, de modo de buscar la existencia de una población más sana y mejor alimentada.
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