Polémica: el Gobierno anunció la obligatoriedad de una matrícula para ejercer el periodismo y dio marcha atrás

El Gobierno tuvo que dar marcha atrás con un anuncio que hizo este jueves todo quedó envuelto en una polémica. En las redes sociales oficiales se indicó que sería obligatorio obtener una matricula para poder ejercer el periodismo, pero a los pocos minutos borró el “obligatorio” y más tarde terminó borrando el mensaje publica en la X (ex Twitter). 

El Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, publicó: “Si sos periodista profesional podés obtener la Matrícula Nacional de Periodistas de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”, remitiendo al sitio Argentina.gob.ar, donde allí  se indicaba que era “obligatoria” y estaba dirigida a “periodistas profesionales que realicen en forma regular, mediante retribución pecuniaria, las tareas que les son propias en publicaciones diarias, o periódicas y agencias noticiosas. Tales el director, codirector, subdirector, jefe de redacción, secretario general, secretario de redacción, prosecretario de redacción, jefe de noticias, editorialista, corresponsal, redactor, cronista, reportero, dibujante, traductor, corrector de pruebas, reportero gráfico, archivero y colaborador permanente”.

Mientras que se aseguraba que la normativa estaba dirigida a “empresas radiotelefónicas, cinematográficas o de televisión que propalen, exhiban o televisen informativos o noticias de carácter periodístico, y únicamente con respecto al personal ocupado en estas tareas”.

Lo cierto es que luego fue eliminado el carácter de obligatorio del trámite, y más tarde ya no se podía acceder a la publicación en el sitio oficial, como así tampoco al tuit que anunciaba la medida. 

Respecto a los requisitos que se solicitaban para tramitar la credencial, se detallaba que la misma iba a tener dos años de vigencia y que el objetivo era regular la actividad periodística a través de la Secretaría de Trabajo. Se pedía completar un formulario, exhibir un certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, presentar una certificación de aportes provisionales de trabajador autónomo extendida por un contador, y acreditar al menos dos años en la profesión, con los aportes jubilatorios al día.

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