Nuevo revés judicial para un banco por un caso de hipoteca UVA
| 24 de Agosto de 2025 | 20:16

En un fallo interlocutorio clave emitido justo antes de la feria judicial, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial 2da. Sala II de La Plata volvió a ordenar al Banco de la Provincia de Buenos Aires que informe de manera completa y detallada el costo financiero total (CFT) de un préstamo, incluyendo el componente de ajuste CER/UVA. La resolución se enmarca en una causa por una hipoteca de crédito UVA que tomó la denunciante Julieta Doglia contra el Banco Provincia y "puso en evidencia el incumplimiento de órdenes judiciales previas por parte de la entidad bancaria", aseguran fuentes cercanas al caso.
Según la sentencia a la que tuvo acceso EL DIA, el conflicto se originó tras una sentencia de la Cámara del 14 de noviembre de 2024, que había ordenado al banco suministrar el CFT (costo financiero total) con ajuste CER (coeficiente de estabilización de referencia), así como la publicidad utilizada para promocionar los créditos UVA (unidad de valor adquisitivo). Sin embargo, la presentación del banco en diciembre de 2024, que incluía cuadros de cuotas y detalles del préstamo, fue considerada "insuficiente". "La actora apeló, denunciando que la resolución de primera instancia daba por cumplida la diligencia preliminar sin verificar el efectivo cumplimiento de la orden, y que el banco continuaba omitiendo información esencial", explicaron.
Conforme el documento que llegó a este medio, la Cámara, integrada por los jueces Leandro Adrian Banegas y Hugo Adrian Rondina, "revocó la resolución de primera instancia y dispuso que el Banco, en un plazo de cinco días, entregue un informe único y comprensible con el detalle requerido, incluyendo capital, intereses, ajuste CER y CFT". Además, confirmó el rechazo de la medida preventiva solicitada por la actora y desestimó la designación de un perito contador, argumentando que ambas cuestiones "exceden el marco de las diligencias preliminares". Las costas de alzada fueron impuestas al banco, al considerarlo “sustancialmente vencido”.
"Desde la perspectiva legal, el fallo deja al Banco Provincia en una posición comprometida, evidenciando su negativa a cumplir con resoluciones judiciales firmes y su reticencia a proporcionar información esencial para los consumidores", resumieron las fuentes. Según el cuerpo letrado que sigue el caso, "la reiteración de la orden por parte de la Cámara muestra que el banco ya quedó como incumplidor de resoluciones judiciales y sigue negándose a suministrar esa información esencial, lo que es bastante grave”. Al mismo tiempo, "se espera que la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires resuelva un pedido de apartamiento del juez de primera instancia, cuestionado por no hacer cumplir las órdenes judiciales de la Cámara", aportaron.
De acuerdo a lo que sumaron, "se pidió que intervenga el Procurador General como fiscal de la ley de consumo, previo a que resuelva la Suprema Corte, lo que reviste un hecho importante a nivel jurídico".
Según la defensa, "el fallo refuerza la protección del derecho del consumidor a recibir información clara, precisa y completa sobre los productos financieros, tal como lo establece la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240, art. 4)". En un contexto donde el ajuste de cuotas genera incertidumbre entre los deudores, la sentencia marca un precedente significativo en la exigencia de transparencia bancaria y cumplimiento de las órdenes judiciales.
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