Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar

Irán a la Corte de Nación a pedir otra calificación legal

3 de Agosto de 2025 | 02:45
Edición impresa

Hace pocos días, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en una breve resolución técnica, decidió no tratar el planteo de queja impulsado por la familia de Emilia Uscamayta Curi.

Con los votos de los jueces Daniel Carral, Hilda Kogan, Sergio Torres y Daniel Soria, se sostuvo que “el recurrente no logró controvertir de manera eficaz el obstáculo formal vinculado con la falta de suficiencia y carga técnica de las críticas de pretensa índole federal en que se sustentara el juicio negativo”.

“Ello, en razón a que centró sus esfuerzos en, por un lado, reiterar los agravios llevados en las diversas instancias y, por el otro, esgrimir un criterio divergente con la tarea desplegada por el Tribunal de Casación Penal para confirmar la calificación legal asignada a los acusados, técnica que no resulta idónea para revertir la inadmisibilidad decretada”, añadieron.

Por eso, resolvió el rechazo, por improcedente, de la queja interpuesta por Edgar Emilio Uscamayta Curi -en su carácter de particular damnificado-”.

Casación, cuya decisión fue la que motivó el alzamiento a la Suprema Corte, había confirmado las penas de tres años de prisión de ejecución condicional para Carlos Bellone, Raúl Ismael García y Santiago Piedrabuena y de cuatro años para Gastón Haramboure, que consideró agotada por el tiempo que llevó en situación de detención.

Todo al considerar el hecho bajo análisis como un delito del orden culposo, donde medió negligencia, imprudencia y/o inobservancia de los reglamentos, pero nunca dolo o intención de provocar un daño.

Ignacio Fernández Camillo, uno de los recurrentes, sostuvo que seguirán la vía recursiva: “Es clarísimo que la calificación debió ser la de homicidio simple con dolo eventual”, apuntó.

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Full Promocional mensual

$670/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

Básico Promocional mensual

$515/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme
Ver todos los planes Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional mensual
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$515.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $4065.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla