El fallo que le dijo no a los areneros y 4x4 en los médanos de Pinamar

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Un fallo de la justicia civil de Dolores prohibió las actividades motorizadas en la zona de La Frontera del distrito de Pinamar, en una decisión que tomó a tres semanas del choque vehicular que dejó al chico de 8 años de edad con heridas de extrema gravedad. La medida ordenó el “cese inmediato” de esas presencias en médanos y alcanza a camionetas, 4x4, UTV, cuatriciclos y motocicletas.

Tal como se informó en este diario, la resolución fue dictada por el juez suplente a cargo del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Dolores, que hizo lugar a un amparo presentado por un ex director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Hace demasiados años que estos incidentes ciertamente inexplicables en zonas pobladas de turistas originan debates y que, al margen de las penosas tragedias que causaron, pusieron en debate las actividades motorizadas en zonas de médanos y la responsabilidad del Estado en la prevención de accidentes que, año tras año, dejan víctimas graves.

Concretamente, el mencionado fallo ordenó ahora el “cese inmediato” de las actividades motorizadas recreativas y prohíbe en forma expresa la realización de pruebas de destreza, competencias y maniobras temerarias, incluso en sectores de titularidad privada. El magistrado fundamentó la decisión en el carácter riesgoso de estas conductas, que “dejan frecuentemente a niños como víctimas”.

El magistrado rechazó el argumento esgrimido por la municipalidad de Pinamar, que sostenía no poder intervenir en predios privados. Por el contrario, remarcó que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad ante “siniestros graves y muertes” que se repiten temporada tras temporada en ese sector. La prohibición se mantendrá vigente hasta que el municipio asegure una señalización adecuada, la correcta delimitación del área y una supervisión efectiva del lugar.

La decisión judicial se conoció mientras continúa siendo crítica la situación del niño que resultó gravemente herido tras un accidente ocurrido entre un vehículo UTV y una camioneta Volkswagen Amarok. Desde entonces el menor permanece internado en terapia intensiva.

Más allá de que el fallo pueda quedar sujeto a apelación y aún mismo de las decisiones que puedan adoptar los tribunales superiores, este fallo del juzgado de Dolores adquiere relevancia y quedará como un valioso antecedente. Entre otros motivos, porque significa una respuesta institucional efectiva en la órbita judicial, que no pudo obtenerse a lo largo de años en las esferas administrativas.

Evitar al mínimo los riesgos que pueden causar lo vehículos en las playas y médanos, fijar las responsabilidades existentes para quienes los conducen en balnearios poblados de turistas, así como determinar la responsabilidad de los adultos responsables, establecer los requisitos para conducirlos y en qué lugares pueden hacerlo, parecen ser, entre otros, algunos de los recaudos mínimos que hacen falta para verificar y, en su caso, legalizar en forma estricta el uso prudente de vehículos en las arenas de la costa atlántica.

 

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