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Brindan beneficio impositivos a quienes contraten a víctimas de trata
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó, a través de la Agencia de Recaudación, un beneficio fiscal para aquellas empresas bonaerenses que contraten como empleados a personas que hayan sido declaradas judicialmente como víctimas del delito de trata.
Gastón Fossati, director de ARBA, subrayó que "con esta iniciativa, la Provincia busca ofrecer a los empresarios un estímulo fiscal que contribuya a la reinserción laboral de las víctimas", y aseguró que "al tratarse de personas en situación de vulnerabilidad, es fundamental el compromiso del Estado, y de la sociedad toda, para brindarles protección, asistencia y facilitarles la oportunidad de un trabajo digno que las ayude a salir adelante y progresar".
"Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que incorporen a su empresa trabajadores que la Justicia haya declarado como víctimas del delito de trata de personas podrán imputar, como pago a cuenta de ese tributo, el equivalente al 50% de las remuneraciones nominales que perciban estos empleados", explicó Fossati.
Los empleadores que decidan contratar a las víctimas y acceder al beneficio impositivo deberán contar con la autorización de la persona damnificada, siendo responsables de proteger en todo momento la intimidad y confidencialidad de la información brindada. Asimismo, para que el incentivo fiscal pueda hacerse efectivo, es necesario que los empleados desempeñen su tarea en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.
A la vez, el titular de ARBA destacó que "la gobernadora María Eugenia Vidal nos solicitó la instrumentación de la medida porque quería que el beneficio estuviese operativo cuanto antes", y explicó que "si bien se trata de un incentivo que fue aprobado por ley el año pasado, en la práctica no regía dado que faltaba su reglamentación".
Por su parte, el ministro de Justicia, Gustavo Ferrari, señaló que "con todas las víctimas, pero especialmente con aquellas que sufrieron el aberrante delito de la trata de personas, el Estado que no pudo evitar el dolor y el sufrimiento que generan los delitos, tiene la obligación no sólo de restablecer la situación de justicia, sino también de acompañar la debida reparación de los daños y la reincorporación a la vida normal de esas personas. Por esto, los incentivos que el Estado puede otorgar a estos fines, es una obligación que se transforma en derecho".
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Además, para agilizar los trámites del empleador y facilitar el beneficio, la Agencia de Recaudación implementó un aplicativo web desde el cual los contribuyentes pueden brindar información sobre la relación laboral del personal que contraten, detallando las fechas de inicio del vínculo de trabajo y de inscripción ante el organismo previsional, así como el lugar de prestación de tareas y la remuneración nominal.
Para completar esa gestión, los empleadores deberán ingresar a www.arba.gov.ar, pestaña "Ingresos Brutos", escoger la opción "DDJJ y Deducciones informadas", hacer clic en "DDJJ (art. 208 CF)" y seguir los pasos que indique el sistema.
En el marco de esta iniciativa, la deducción que realicen los contribuyentes como pago a cuenta de Ingresos Brutos se efectuará al momento de liquidar los anticipos correspondientes al impuesto.
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