Se suspendió el primer juicio por jurados en La Plata
| 12 de Octubre de 2016 | 02:21

El primer juicio por jurados que iba a comenzar ayer en nuestra ciudad se “postergó hasta nuevo aviso, porque no se pudo ubicar a la víctima de este caso”, que llegó a debate como “tentativa de homicidio”, por un episodio ocurrido en el 2014, en Villa Elisa, señalaron voceros judiciales.
Los 48 elegidos para el jurado concurrieron ayer a los Tribunales de 8 y 56, esperaron varias horas en la sala de audiencias de la planta baja, hasta que fueron informados por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal III de La Plata, Andrés Vitali: el juicio por ahora se suspende.
Igual a los jurados les explicaron detalladamente los motivos de la suspensión, que iban a recibir su contancia de asistencia y los alrededor de mil pesos cada uno, previsto por ley para cada día de debate.
El caso ocurrió el 30 de agosto de 2014, cerca de las 18, en las calles 14 bis y 423, donde dos hombres “se abalanzaron y golpearon salvajemente, utilizando también un elemento punzante, con intención de causarle la muerte a Diego Detzel, propósito que no consiguieron por razones ajenas a su voluntad: la Policía logró neutralizarlos luego de forcejear con los agresores”, según se dictaminó en la elevación.
DOS ACUSADOS
Por este caso están acusados Daniel Bernardino (25) y Néstor Sebastián (28) Gutiérrez.
Ayer, la fiscal de Juicio Silvina Langone (había pedido el sobreseimiento de los imputados, que fue denegado) y la defensa de los imputados, ejercida por los doctores Mariano y Milagros Loza Colomer, acordaron la suspensión del juicio hasta que pueda definirse si finalmente la víctima asiste o no al juicio.
Para este caso ayer se iban a seleccionar, de los 48 citados, a 12 jurados titulares y 6 suplentes, legos en Derecho, que tienen como función determinar si existió el delito y si el procesado es culpable o inocente.
Habían sido designados por sorteo 24 hombres y 24 mujeres, como se establece en la ley, fundada en la paridad de género.
Los miembros del jurado no pueden ser abogados ni ejercer cargos públicos por elección popular. Tampoco estar en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad.
Para declarar culpable a una persona, 10 de los 12 miembros deben estar de acuerdo y para una condena a perpetua se necesita la unanimidad.
En caso de no llegar a acuerdo se puede declarar “jurado estanco” y se consulta a la fiscalía si desea o no continuar con la acción.
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