

Crecen los reclamos de conductores por la validez de multas mal hechas
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En 6 años atendieron unos 5.000 planteos. El 73% es por infracciones “viciadas de nulidad”
Crecen los reclamos de conductores por la validez de multas mal hechas
Un automovilista al que le llegó una infracción de un sitio que, asegura, jamás en su vida visitó. Otro con una fotomulta cuya imagen no coincide con el dominio de su auto. Una mujer que afirma que ya pagó la multa que ahora le reclaman. Alguno que duda del buen funcionamiento del radar que le aplicó la sanción. Los motivos pueden ser de lo más diversos. Pero lo cierto es que cada vez más automovilistas reclaman por infracciones presuntamente mal hechas.
Así se desprende de los datos difundidos por la Defensoría del Pueblo Bonaerense, donde tramitaron casi 5.000 quejas en seis años. Más del 70% de esos reclamos, aseguran, tiene que ver con infracciones que estarían “viciadas de nulidad”.
Los inconvenientes que ocasionan a las personas las infracciones de tránsito “aparentemente” mal labradas -una foto que no coincide con el dominio del auto o nunca haber estado en el lugar donde le aplicaron la sanción-; consultas sobre radares, el estado de las rutas o el sistema de transporte, conforman el universo de 4.714 reclamos tramitados, un promedio de dos presentaciones por día desde los inicios del organismo (poco más de seis años y medio).
“El 73,2% corresponde a las infracciones de tránsito; el 15,5% a inconvenientes con la administración de Vialidad o al ordenamiento del tránsito; el 9,5% a dificultades de circulación; y el 2,1% al estado de las calles, rutas y autopistas”, señala el informe.
Dentro del rubro “infracciones”, los ítems que provocaron mayor contrariedad a las personas que se acercaron al organismo fueron la falta de notificación de las multas, las deficiencias en la señalización, “errores” en la elaboración de las sanciones: fotos de radares que no coinciden con el dominio del auto, infracciones que jamás se cometieron o citaciones por mal estacionamiento.
Sobre este punto, el coordinador del área de Seguridad Vial y Transporte de la Defensoría, Eduardo Miguez, explicó que “la falta de notificación o la notificación tardía, impiden al presunto infractor recordar el hecho o sus circunstancias, con lo cual tampoco se puede defender adecuadamente si fue víctima de un error o una injusticia”.
Los números de 2016 ubican al área de Seguridad Vial en el segundo lugar del ranking de reclamos de la Defensoría, con 648 quejas, y como en años anteriores la masa crítica está vinculada a las infracciones de tránsito (74,4%). Luego se posicionan las dificultadas de circulación (15,7), las quejas contra la administración y el ordenamiento de tránsito (8,6), y sólo el 1,2% son por el estado de las rutas.
En el ítem “infracciones”, el 91,7 % de las consultas son por sanciones, el 4,4% por incumplimiento de las normas de circulación, y el 3,9 inconvenientes relacionados con la regularización dominial de los vehículos.
Las dificultades de circulación, que fueron las segundas más consultadas durante este año, tuvieron como eje inconvenientes con los radares (88,2%), la falta de señalización (5,9%), atención deficiente en concesionarias de VTV (2%) y los accidentes en rutas y vía pública (3%).
Un caso particular que lleva adelante la Defensoría es el de un camionero que recibió una pedrada en el parabrisas, en Córdoba, y al llegar a Buenos Aires le hicieron un acta de infracción, por no tener las normas de seguridad adecuadas (considerado falta grave), por un valor de 15 mil pesos. Luego de esto, la empresa para la cual trabajaba de manera irregular y propietaria del camión, lo despidió.
“En el procedimiento de faltas el imputado es quien debe demostrar que no ha realizado la infracción y, en esta tarea, la Defensoría debe garantizar que se respeten los derechos de los ciudadanos”, subrayó el responsable de seguridad vial.
Como se recordará, el año pasado, a instancias de una recomendación que la Defensoría formuló al gobierno bonaerense, la dirección provincial de Política y Seguridad Vial envió una circular a los municipios en la que se señaló que sólo las multas con sentencia firme impiden la obtención de la licencia para manejar vehículos.
Sin embargo, desde el área específica aclaran que esta medida se está cumpliendo de manera parcial: “Tenemos reclamos que siguen exigiendo al ciudadano pagar multas que no están sentenciadas”, cuando en realidad “la ley de tránsito provincial dice que las infracciones viales que obstaculizan la tramitación de la licencia de conducir son las que tienen sentencia o son declaradas en rebeldía”, sostuvo Miguez.
Para que una sanción tenga sentencia firme tiene que existir una notificación y la posibilidad del acogimiento al pago voluntario, que es del 50% del monto. Transcurrido el plazo legal de ese primer aviso se envía una segunda notificación en la que el juzgado de faltas involucrado le solicita al presunto infractor comparecer ante el juez para hacer el descargo.
“Recién una vez vencido ese plazo, si la persona no pagó y tampoco se presentó ante el juez, éste lo declara en rebeldía y le aplica la sentencia”, explicó Miguez. También, puede ocurrir que el infractor haga el descargo pero el juez no haga lugar a su descargo y le aplique, de todas formas, sentencia.
A pesar de la recomendación de la Defensoría y la resolución provincial, en muchas comunas siguen trabando la renovación de la licencia de conducir, reclamando por multas no firmes que figuran en registros municipales.
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