Podría ser contravención o falta

Si bien se consideró que no había delito, la actividad de Uber podría constituir una “contravención” o falta, según ha explicado el fiscal porteño Martín Lapadú.

“Esto quiere decir que si un chofer de Uber es detectado circulando en la ciudad transportando pasajeros podrá ser detenido y su auto secuestrado, porque está cometiendo una contravención, ya que la actividad no esta autorizada por la Justicia al carecer de domicilio legal, entre otras irregularidades”, aseguró el fiscal.

“La actividad de Uber no esta regulada en la Ciudad, esta prohibida, no es legal diga lo que diga el juez penal por lo que estaría penado por las otras dos escalas de delito: la contravención y la falta”, detalló el fiscal.

Lapadú destacó que el juez Zelaya “resolvió en base a otro Código, en la causa contravencional no tiene ningún impacto por lo que las conductas de los choferes y los directivos son ilícitas”.

El fiscal aseguró que la medida del juez y sus consideraciones no influyen en la tipificación de la contravención e indicó que la justicia penal “avanza en la investigación del delito tributario que tiene penas de entre cuatro y seis años de prisión”.

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