Nuevas exigencias para inscriptos en el IVA que facturen por encima de los 2 millones
| 27 de Marzo de 2016 | 12:00

Los responsables inscriptos en IVA con facturación anual en 2015 igual o superior a 2 millones de pesos deberán comenzar a emitir facturas electrónicas a partir de este viernes. Así lo estableció la semana pasada la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quien estipuló un cronograma escalonado para la obligación de emitir factura electrónica para inscriptos en IVA, empresas de medicina prepaga y colegios privados, entre otros.
"Aquellas personas que por problemas estructurales o regionales de conectividad, no tengan acceso a internet y, se vean impedidos de cumplir con la obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos deberán, con carácter de declaración jurada, informar dicha situación ante AFIP con anterioridad de la entrada en vigencia de la obligación", dispuso el organismo tributario. Al respecto, precisó que "esta declaración se deberá realizar a través del servicio con Clave Fiscal "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)".
La AFIP destacó que con la factura electrónica "se propone intensificar el uso de herramientas informáticas destinadas a facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo". De acuerdo al calendario fijado por la AFIP quienes vendan ganado, sin importar monto de ventas, también deberán emitir factura electrónica desde el 1º de abril. Por su parte, los contribuiyentes con ventas netas entre 500 mil y 2 millones de pesos durante 2015 deberán comenzar con la factura electrónica el 1º de julio.
En tanto, aquellos con ventas netas menores a 500 mil pesos tendrán esta obligación desde el 1º de noviembre. A su vez, estableció que los operadores del sector lácteo, acopiadores e intermediarios del sector tabacalero tendrán obligación de usar factura electrónica desde el 1º de noviembre.
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